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RESUMEN:
                     En el presente artículo, el autor analiza los acuerdos de coexistencia de marcas. Para ello, primero cumple con definir conceptos básicos
                   y luego entra detalladamente a analizar los requisitos y características necesarias a tomar en cuenta al momento de suscribir un acuerdo de
                   coexistencia de marcas.
                     Palabras claves: Acuerdo de coexistencia de marcas - INDECOPI - Requisitos - Características.



                      ABSTRACT:
                      In the following article, the author analyzes Trademark coexistence agreements. To do this, it first defines baslc concepts and then
                   analyzes in detail the requirements and characteristics necessary to take into account when sígning a trademark coexistence agreement.
                      Kevwords: Trademark coexistence agreement —  INDECOPI —  Requirements —  Characteristics.

                                                         w s$ m   '  — ..............................—  ......  w '------- ----

                 I.   ¿QUÉ ES EL INDECOPI?                     ministrativa, los  procedimientos de oposición,
            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                                                               cancelación y nulidad de registro, al  igual  que
                 El INDECOPI es un Organismo Público Especia­  las denuncias por infracción a los derechos de
                 lizado adscrito a  la  Presidencia  del Consejo de   propiedad industrial.
                 Ministros,  con  personería jurídica  de  derecho
                 público  interno. En  consecuencia, goza  de au­  II.  ¿QUÉ LEGISLACIÓN REGULAN LAS
                 tonomía  funcional, técnica, económica,  presu­   MARCAS?
                 puesta! y administrativa1.
                                                               Como parte de  la  Comunidad  Andina, el  Perú
                 Sus siglas significan "Instituto Nacional de  De­  está  regulado  en  materia  de  propiedad  inte­
                 fensa  de la  Competencia y de la  Protección de   lectual por la Decisión 486, Régimen Común de
                 la  Propiedad  Intelectual".  Fue  creado  durante   Propiedad  Intelectual  para  los países andinos,
                 el  gobierno  del  Presidente  Alberto  Fujimori   adecuada  por  la  Decisión  689.  Esta  norma  es
                 Fujimori  en  noviembre  de  1992,  mediante  el   una  norma  supra  nacional  que  se aplica  a  to­
                 Decreto Ley 25868.                            dos  los  países  miembros  -  Bolivia, Colombia,
                                                               Ecuador y Perú-. Cada país debe contar con su
                 Entre sus funciones se encuentran la promoción   propia  norma  nacional  la  cual  no  puede  ir en
                 del mercado y la protección de los derechos de   contravención  de esta  norma  supra  nacional.
                 los consumidores; así como fomentar dentro de   En el  Perú contamos con el Decreto Legislativo
                 la  economía  peruana una cultura de leal  y  ho­  1075  m odificado  por  el  Decreto  Legislativo
                 nesta competencia, resguardando y protegien­  1309. Estas son las principales leyes que regulan
                 do todas las formas de propiedad intelectual.  las marcas en el Perú; sin embargo, también es
                                                               necesario y obligatorio señalar las resoluciones
                 Dentro de la estructura organizacional del INDE-   que  constituyen  precedente  de  observancia
                 COPI, tenemos, entre otros, seis -6- Comisiones   obligatoria, ya que es a través de una de estas
                 y tres -3- Direcciones, entre las que se encuentra   Resoluciones que la Sala de Propiedad Intelec­
                 la Dirección de Signos Distintivos -en adelante,   tual  ha  determinado  las  condiciones  mínimas
                 la " P S D "-  Es  esta  Dirección  la  encargada  de   que deben contener los acuerdos de coexisten­
                 registrar y velar por la protección de las marcas;   cia de marca para ser susceptible de reducir al
                 así  como  de  los  nombres,  lemas  comerciales   máximo  el  posible riesgo de confusión al  que
            A D V O C A TU S  134   encarga  de  resolver, en  primera  instancia  ad­  aceptados.
                                                               se puede ver inducido el consumidor; y así ser
                 y  denom inaciones  de  origen.  Asimismo,  se





                  1.
                      Página web <www.indecopi.aob.pe>.



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