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usuales de los productos o de sus envases, o emblemas, signos y punzones oficiales de
en formas o características impuestas por la control y de garantía de los Estados y toda
naturaleza o la función de dicho producto o imitación desde el punto de vista heráldico,
del servicio de que se trate; así como los escudos de armas, banderas y
d- consistan exclusivam ente en formas u otros emblemas, siglas o denominaciones de
otros elementos que den una ventaja fun cualquier organización internacional;
cional o técnica al producto o al servicio al n- reproduzcan o imiten signos de confor
cual se aplican; m idad con normas técnicas, a menos que
e- consistan exclusivamente en un signo o in su registro sea solicitado por el organismo
dicación que pueda servir en el comercio para nacional competente en normas y calidades
describir la calidad, la cantidad, el destino, el en los Países Miembros;
valor, la procedencia geográfica, la época de o- reproduzcan, imiten o incluyan la deno
producción u otros datos, características o minación de una variedad vegetal protegida
informaciones de los productos o de los servi en un País Miembro o en el extranjero, si el
cios para los cuales ha de usarse dicho signo signo se destinara a productos o servicios
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
o indicación, incluidas las expresiones lauda relativos a esa variedad o su uso fuere sus
torias referidas a esos productos o servicios; ceptible de causar confusión o asociación
f- consistan exclusivamente en un signo o in con la variedad; o
dicación que sea el nombre genérico o técnico p- sean contrarios a la ley, a la moral, al orden
del producto o servicio de que se trate; público o a las buenas costumbres".
g- consistan exclusivamente o se hubieran
convertido en una designación común o usual Por su parte, el artículo 136 de la Decisión 486
del producto o servicio de que se trate en el señala las prohibiciones relativas para el regis
lenguaje corriente o en la usanza del país; tro de una marca. Es decir, aquellas marcas que
h- consistan en un color aisladamente consi pueden registrarse si es que no están inmersas
derado, sin que se encuentre delimitado por en alguno de los siguientes supuestos:
una forma específica;
i- puedan engañara los medios comerciales o "No podrán registrarse como marcas aque
al público, en particular sobre la procedencia llos signos cuyo uso en el comercio afectara
geográfica, la naturaleza, el modo de fabrica indebidam ente un derecho de tercero, en
ción, las características, cualidades o aptitud particular cuando:
para el empleo de los productos o servicios de a- sean idénticos o se asemejen, a una mar
que se trate; ca anteriormente solicitada para registro o
j - reproduzcan, im iten o contengan una registrada por un tercero, para los mismos
denominación de origen protegida para los productos o servicios, o para productos o
mismos productos o para productos diferen servicios respecto de los cuales el uso de la
tes, cuando su uso pudiera causar un riesgo marca pueda causar un riesgo de confusión
de confusión o de asociación con la deno o de asociación;
minación; o implicase un aprovechamiento b- sean idénticos o se asemejen a un nombre
injusto de su notoriedad; comercial protegido, o, de ser el caso, a un
k- contengan una denominación de origen rótulo o enseña, siempre que dadas las cir
protegida para vinos y bebidas espirituosas; cunstancias, su uso pudiera originar un riesgo
I- consistan en una indicación geográfica de confusión o de asociación;
nacional o extranjera susceptible de inducir a c- sean idénticos o se asemejen a un lema
A D VO C A TUS 134 a los cuales se aplique; dadas las circunstancias, su uso pudiera ori
comercial solicitado o registrado, siempre que
confusión respecto a los productos o servicios
ginar un riesgo de confusión o de asociación;
m- reproduzcan o imiten, sin permiso de las
d- sean idénticos o se asemejen a un signo
autoridades competentes, bien sea como
distintivo de un tercero, siempre que dadas las
marcas, bien como elementos de las referi
circunstancias su uso pudiera originar un ries
das marcas, los escudos de armas, banderas,
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