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Es así que el artículo 43 del Decreto Legislativo e- un color delimitado por una forma, o una O i
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807, Ley de Facultades, Normas y Organización combinación de colores; a :
del INDECOPI, establece lo siguiente respecto de f- la forma de los productos, sus envases o UJ J
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las Resoluciones que constituyen precedente de envolturas;
o j
observancia obligatoria: g- cualquier combinación de los signos o me c c ;
a. s
dios indicados en los apartados anteriores".
M ARCAS
"Las resoluciones de las Comisiones, de las PATENTES
DERECHO
Oficinas y del Tribunal de Defensa de la Com En ese sentido, entendemos como una marca DE AUTOR
petencia y de la Propiedad Intelectual que cualquier signo que pueda diferenciar un pro
al resolver casos particulares interpreten de ducto o un servicio de otro dentro del mercado.
modo expreso v con carácter general el sen
tido de la legislación constituirán precedente Asimismo, como la definición lo señala, la marca
de observancia obligatoria, mientras dicha es cualquier signo que diferencia un producto
interpretación no sea modificada por reso o un servicio en el mercado. Las marcas se re
LO
lución debidamente m otivada de la propia gistran por clases, es decir, dependiendo de los UJ
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Comisión u Oficina, según fuera el caso, o del productos o servicios que deseen distinguir. Es <
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Tribunal de Defensa de la Competencia y de así que el Perú utiliza la Clasificación de Niza O
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la Propiedad Intelectual". para determinar las clases donde se deben de <
registrar las marcas dependiendo del producto
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Finalmente, hay otras normas relacionadas que o servicio a distinguir. Esta clasificación abarca cc
pueden ser encontradas en la página web del 45 clases, donde de la 1 a la 34 son productos y O
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INDECOPI2: pero que no vienen al caso men de la 35 a 45 son servicios. En enero de 2017 ha 3
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cionarlas. entrado en vigencia la Décima Edición de esta
Clasificación, la cual incluimos como Anexo A
Habiendo determinado quién es la autoridad de esta lectura.
encargada de proteger las marcas y cuál es la
legislación aplicable, procederemos a definir Como hemos señalado líneas arriba, las marcas
qué es una marca. se registran ante la DSD por el plazo de diez
-10- años renovables indefinidam ente. Las
III. ¿QUÉ ES UNA MARCA? renovaciones pueden presentarse dentro de
los seis -6- meses antes del vencimiento de
De conformidad con el artículo 134 de la Deci la marca y hasta seis -6- meses después del
sión 486, una marca es "cualquier signo que sea vencimiento de la misma. A estos últimos seis
apto para distinguir productos o servicios en el -6- meses se les denomina periodo de gracia <
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mercado." De acuerdo con este mismo artículo que otorga la ley donde la marca se mantiene h-
U
“Podrán registrarse como marcas los signos sus completamente vigente. UJ
ceptibles de representación gráfica". Es decir, I-
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Igualmente, la misma Decisión 486 en su artí
a
"Podrán constituir marcas, entre otros, los culo 135, señala cuáles son las prohibiciones <
a
siguientes signos: absolutas de registro, es decir, qué signos no UJ
a.
a- las palabras o combinación de palabras; podrán registrarse como marcas: O
cc
b- las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, Q_
logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, "a- no puedan constituir marca conforme al
emblemas y escudos; primer párrafo del artículo anterior;
c- los sonidos y los olores; b- carezcan de distintividad; co
d- las letras y los números; c- consistan exclusivam ente en form as
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3
§
Q
2. Disponible en: <http://www.indecopi.aob.pe/web/sianos-distintivos/leaislacion>.
L o s a c u e r d o s d e c o e x i s t e n c i a d e m a r c a e n l a l e g i s l a c i ó n p e r u a n a JJ