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trata  de  rentas  ¡nafectas  conforme al        Sobre el  particular, consideramos      «
                    literal f) del artículo 18 de la Ley del IR      que aun cuando la regla general es      Z Z
                    y del artículo 8-B del Reglamento de la          que un Fondo de Inversión inmobi­       c a r
                                                                                                             M —
                    Ley del IR.                                      liario tiene carácter de empresarial,
                    Para  la  persona jurídica  domiciliada:         en  nuestra  opinión  las  normas       OO
                                                                                                             OO
                    27%, en atención a la tasa del IR esta­          citadas  deberían  contemplar  la
                                                                                                       AUTOR
                    bilizada. Dicha tasa será de aplicación          posibilidad de prueba en contrario,   NACIONAL
                    para los ejercicios 2013 a 2016. A partir        a efectos de no aplicar de manera
                    del  ejercicio  2017  hasta  el  ejercicio       automática  esta  presunción;  en
                    2023,  la  tasa  de  retención  ascenderá        efecto, podrían existir ciertas casos
                    a 30%, en tanto la tasa estabilizada en          en  los  que  si  la  persona  natural
                    atención  al  Convenio  de  Estabilidad          hubiere  arrendado  o  vendido
                    Jurídica ya no tendría vigor.                    directamente  un  inmueble  sólo
                    Para  la  persona  natural  domiciliada:         obtendría  rentas de  primera y se­
                    30%,  ello  en  atención  a  que  a  este        gunda categoría y el gravamen del    Hj
                                                                                                          £
                    sujeto  se  le atribuirá  renta  de tercera      IR sería mucho menor.
                    categoría, tal  como se desprende del                                                 <u
                                                                                                         -O
                    análisis de  los siguientes artículos de   Tener  en  cuenta  que  para  determinar  el   T3
                                                                                                          (13
                    la Ley del IR:                           im porte  a  atribuir  a  la  persona  jurídica   "O
                                                             domiciliada y a la persona natural domici­   0J
                                                                                                          >
                        El  artículo  14-A de  la  Ley del  IR,   liada, se deberá deducir de  la  renta  bruta   C
                                                                                                         r>
                        según  el  cual  el  Fondo  de  In­  obtenida, los gastos vinculados incluyendo   _re
                        versión  que  realiza  inversiones   la depreciación de los inmuebles.            0)
                                                                                                         ~o
                        parcial o totalmente en negocios                                                  o
                                                                                                         -C
                        inm obiliarios  será  considerado    Para  la  persona jurídica  no  domiciliada,   u
                                                                                                          o
                        com o  un  Fondo  de  Inversión      la  atribución  de  la  renta  proveniente  del   QJ
                                                                                                         O
                        Empresarial.  Dicha  norma  fue      arrendam iento  se  realizaría  cuando  se   OJ
                                                                                                         ■O
                        introducida mediante el Decreto      produzca la redención o el rescate parcial o   "D
                                                                                                          re
                        Legislativo 94533.                   total de los valores emitidos por los citados   4-*
                                                                                                          3
                                                                                                         U
                                                             Fondos o cuando las rentas les sean paga­    re
                                                                                                         u_
                        El literal j) del artículo 28 de la Ley   das o acreditadas, es decir en el momento
                                                                                                          OJ
                        del  IR según el cual son  rentas de   de la percepción de la misma, esto sería en   "O
                       tercera categoría las generadas por   la oportunidad de la liquidación en el ejer­  i/i
                                                                                                         O
                        Fondos de Inversión Empresariales.   cicio 2023. La tasa de retención aplicable se­  c £
                                                                                                          3
                                                             ría 30%. Para determinar la base de cálculo   re
                       Tomando  en  consideración  las       del impuesto a retener, no se deducirán los   o
                        normas  anteriores,  la  tasa  de  re­  gastos en los que pudiera haber incurrido el   CL
                                                                                                         re
                                                                                                         ~o
                       tención  en  estos  casos  sería  del   Fondo para generar dicha renta atribuible.  re
                        30%, sin importar que se atribuyan                                               TÍ
                                                                                                         OJ
                        rentas a personas naturales domi­  2.   Respecto a la ganancia de capital generada   re
                                                                                                         i/>
                       ciliadas en el Perú.                  por  la  venta  de  la  oficina  en  el  ejercicio  >
                                                                                                         QJ
                                                                                                         ce
           33.  Sobre el particular, la Exposición de Motivos del Decreto Legislativo No. 945 consideró que en la medida que los   ™
               fondos de inversión a partir del  1  de enero de 2003 no serían considerados como personas jurídicas para efectos
               del IR, podría resultar una alternativa tributaria atractiva realizar actividades empresariales por estos fondos que
               por su  naturaleza constituyen  rentas de tercera  categoría  pero que al  ser inversionistas  personas  naturales, se   2
               encontrarían gravadas como rentas de segunda categoría. Para evitar dicha situación, el Decreto Legislativo No.   O
               945 aclaró que el Fondo de Inversión puede ser empresarial siempre que al amparo del reglamento de los Fondos   Q
               de Inversión, realice actividad vinculada con bienes raíces u otra actividad de negocio o empresa.   ^




                 R  é  g  i m  e  n     T  r i b  u  t a  r i o     a  p  l i c  a  b  l e     a    l o  s    F  o  n  d  o  s     d  e     I n  v  e  r s  i ó  n     e n    e l    P  e  r ú     2 7 1
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