Page 419 - Edición N° 27
P. 419
de la jornada de trabajo tomando en cuenta sólo en el Perú. Si bien notamos que se ajusta a los
el trabajo efectivo12. Es decir, el trabajo realmen Convenios Internacionales ratificados, deja de
te realizado sin contar los "tiempos muertos de lado algunos aspectos que en otros países sí se
trabajo". En el artículo 41 del Decreto Supremo encuentran previstos y regulados.
010-2003-TR13, brinda la posibilidad de que este
tipo de jornada de trabajo efectivo -bajo el ru En Chile, la jornada laboral es definida en el
bro de condiciones de trabajo y productividad- a rtíc u lo 21 de su C ó d ig o de T rabajo. En ésta
sea establecido convencionalmente. Norma se estipula que la jornada de trabajo es
"el tiempo durante el cual el trabajador debe pres
Si bien hay muy pocos ejemplos de empresas tar efectivamente sus servicios en conformidad al
que utilicen la jornada de trabajo efectiva y sea contrato. Se considerará también jornada de tra
más frecuente computar la jornada de trabajo bajo el tiempo en que el trabajador se encuentra
desde que el trabajador se encuentre en el a disposición del empleador sin realizar labor, por
centro de labores, la primera modalidad repor causas que no le sean imputables".'4
ta mayores beneficios tanto para el trabajador Se puede notar que el cómputo de la jornada de
Universidad de Lima jornada laboral importaría en primera instancia trabajo efectivo, no es posible dentro de la legisla
como para el empleador.
ción chilena. En el país sureño, se computa la hora
La instauración de tal modelo de cómputo de la
de trabajo desde que el trabajador se encuentra
un cambio de mentalidad. Se incentiva, en pri
a disposición del empleador. Por otro lado, la jor
mer lugar, una mejor utilización del tiempo, en
semanales, según el artículo 22 del cuerpo legal
tanto como hora de trabajo se considerará sólo nada ordinaria de trabajo no excede de 45 horas
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
el trabajo efectivo que la persona haya realizado. citado, dicha Norma se instauró desde el 1 de
Se intenta imponer una mentalidad de ganar- enero de 2005. De esta manera, la ley chilena le
ganar, tanto para trabajadores y empleadores. gisla la jornada de trabajo por debajo del máximo
Así, los trabajadores se focalizarían únicamente decretado en el Convenio de la OIT- ratificado por
en su trabajo, la productividad se incrementaría Chile el 15 de septiembre de 1925 -.
reportando beneficios para el empleador.
Dentro del contrato de trabajo en Chile, una
Por otra parte, al cumplir realmente con sus de las menciones mínimas es la duración y
labores, el trabajador no tendría razón por la distribución de la jornada de trabajo, según el
que cumplir las 8 horas diarias. En tanto invier número 5 del artículo 10o de su Código de Tra
ta bien el tiempo que dispone en su centro de bajo. Tal disposición importa la obligación de
labores se puede rebajar la jornada de trabajo las partes de señalar cuál será la extensión del
convenida entre trabajador y empleador. De tiempo que el trabajador deberá prestar servi
este modo, el trabajador también dispondría cios subordinados, de qué modo se distribuirá
de mayor tiempo para su desarrollo personal, semanalmente dicho tiempo, no habiendo
esparcimiento y descanso. excepción al deber señalado. Ahora bien, se
obliga a las partes a determinar la duración y
Se ha tratado un panorama general con res distribución - hecho importante pues da pie
pecto a la regulación de la jornada ordinaria a la posibilidad de horarios irregulares - de la
127 12. Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral- Decreto
Supremo 003-97-TR
ADVOCATUS 13. Texto Único Ordenado de la Ley 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado mediante Decreto
Supremo 010-2003-TR.
14. Disponible en: Código del Trabajo, http://www.dt.gob.cl/legisladon/1611/articles-59096_recurso_1.pdf
consultado el 16 de agosto del 2012
416 K a z a n d r a M e j í a R o s a s c o