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jornada ordinaria de trabajo, pero no prohíbe de Trabajo. En el artículo 1 del cuerpo legal «
que las partes acuerden una franja horaria para mencionado se establece que "la duración de
el inicio y término de dicha jornada, siempre que trabajo no podrá exceder de 8 horas diarias ó c a r
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se cumpla en este último caso con señalar una 48 horas semanales para toda persona ocupa caj
jornada especifica, y no se trate de una clausula da por cuenta ajena en explotaciones públicas OO
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abierta y genérica, cuya determinación quede o privadas, aunque no persiga fines de lucro."
AUTOR
en manos del empleador.15 (...) "La limitación establecida por esta ley es NACIONAL
máxima y no impide una duración menor de 8
Moviéndonos hacia el Oriente, en Argentina, horas diarias ó 48 semanales para las explota
quien ratifica el Convenio 1 el 30 de noviembre ciones señaladas".18
de 1933, nos encontramos con otro panorama.
La protección de la jornada laboral tiene jerar Si bien se ha mencionado que es posible pactar
quía constitucional pues está contemplado en una jornada inferior a las 8 horas diarias ó 48
el artículo 14 bis de su Constitución Nacional. semanales, ésta se regula por el artículo 25 de
Se regula que el trabajo tendrá protección de la Ley 2401319. El texto de dicha Norma es: "la
la leyes, las que aseguran al trabajador una"(...) reducción de la jornada máxima legal solamente E
jornada limitada (...)". procederá cuando lo establezcan las disposicio T3 OJ
nes nacionales reglamentarias de la materia, -a
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Su Constitución Nacional, no regula expresamen estipulación particular de los contratos indivi "O
te los máximos legales de la jornada ordinaria, a duales o convenios colectivos de trabajo. Éstos
pesar de que consagre este beneficio a los traba últimos podrán establecer métodos de cálculo
jadores, no se hace más que una mención. La jor de la jornada máxima en base a promedio, de
nada laboral argentina se encuentra desarrollada acuerdo con las características de la actividad". CV
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en distintos cuerpos legales, recogiéndose lo O
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máximos legales en Ley de Jornada deTrabajo16. En la Ley de Contrato de Trabajo, también se u
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Sin embargo, el concepto de jornada laboral se encuentra regulada las excepciones del máximo OJ
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encuentra en el artículo 197 de la Ley de Contrato legal en el artículo 199."El límite de duración del ai
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deTrabajo17,"se entiende por jornada de trabajo trabajo admitirá las excepciones que las leyes ~o
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todo el tiempo durante el cual el trabajador esté consagren en razón de la índole de la actividad, =3
a disposición del empleador en tanto no pueda del carácter del empleo del trabajador y de las u
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disponer de su actividad en beneficio propio. circunstancias permanentes o temporarias que
Integrarán la jornada de trabajo los periodos de hagan admisibles las mismas, en las condiciones QJ
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inactividad a que obliguen la prestación contra que fije la reglamentación". O
tada, con exclusión de los que se produzcan por c
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decisión unilateral del trabajador. (...) Entre el Respecto a las normas mencionadas, caben los
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cese de una jornada y otra deberá mediar una siguientes comentarios. Si bien la limitación de la O
pausa no inferior de 12 horas". jornada laboral esta prescrita dentro de su Cons Q.
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titución, ésta se desarrolla en los cuerpos legales ro
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Para encontrar la regulación de la jornada la ya mencionados. De la definición que proporciona T3
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boral, es necesario regresar a la Ley de Jornada la Ley de Contrato de Trabajo con respecto a la (C
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15. Información consultada en la web de la Dirección de Trabajo del Gobierno de Chile disponible en: http://www.
dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-95022.html consultado el 16 de agosto del 2012. N-
CM
16. Ley 11.544 actualizada disponible en: http://www.infoleg.gov.ar/infoleglnternet/anexos/60000-64999/63368/
§
texact.htm consultado el 19 de agosto del 2012.
17. Régimen de Contrato de Trabajo, Ley 20744 Texto Ordenado por Decreto 390/1976. O
18. Párrafo incorporado por artículo 10 del Decreto Ley No. 10375. §
Q
19. Artículo que sustituyo al artículo 198° de la Ley de Contrato de Trabajo.
Y tú... ¿ Q u é j o r n a d a l a b o r a l e l i g e s ? 417