Page 81 - Edición N° 27
P. 81

Como regla general, dicha regulación se incluirá   CONTEXTO DE CRISIS FINANCIERA Y
                también dentro del propio contrato de crédito.    DE CONVIVENCIA DE ACREEDORES
                                                                  TRADICIONALES Y BONISTAS
                4.  Reglas de coordinación en determinadas
                    actuaciones.                              1.   La subordinación contractual: el artículo
                                                                  92 de la Ley Concursal y su carácter de
                Serán, igualmente, objeto de regulación  legal,   subordinación absoluta.
                en sede de contrato entre acreedores, determi­
                nadas  reglas  de  coordinación  de actuaciones   El  artículo  92  Ley  Concursal  al  que  hemos
                -o, en muchas ocasiones, de "evitación" de em­  aludido  con  anterioridad  cuando  regula  los
                prender actuaciones- entre dichos acreedores.  supuestos  de  subordinación  en  concurso
                                                              prevé  la  subordinación  de  aquellos "créditos
                Así de modo habitual se establecerán regula­  que por pacto contractual tengan  el carácter
                ciones como que  ninguno de  los acreedores   de subordinados respecto de todos los demás
                concurrentes  puede  solicitar el  concurso  de   créditos contra el deudor".
          de  Lima  la deudora41 sin, cuanto menos, notificar con   Es  decir,  la  Ley Concursal  establece  la  subor­
                un tiempo razonable de antelación al resto -o,
          Universidad   en la  mayoría de los casos, sin mediar acuer­  dinación  absoluta  con  respecto  a  todos  los
                do de la mayoría de entidades acreedoras- o
                                                              acreedores del deudor- como causa de subor­
                que no podrá resolver de modo individual su
                                                              dinación  de  un  crédito,  pero  no así la  relativa
                parte del  crédito sin  un  proceso de preaviso
                                                              -con  respecto  a  ciertas  clases  de  acreedores
                determinado.
                                                              del deudor-. Esto implica que, en los concursos
          Facultad  de  Derecho  de  la   Otro apartado habitual que cabría en esta cate­  que  se  sustancian  en  España,  los  privilegios
                                                              contractuales que resulten de subordinaciones
                gorización serían determinadas renuncias a de­
                                                              que con respecto al pago de cierta deuda haya
                                                              asumido un grupo de acreedores frente a otro,
                rechos que harían los acreedores subordinados
                o mezzanine con respecto a los sénior, en aras a
                                                              carecen de virtualidad práctica en el momento
                                                              de calificación de los créditos.
                no perjudicar con sus actuaciones
                                                              Por lo tanto, tanto el juez del concurso como la
                Se trata, en definitiva, de que un grupo de acree­
          por  alum nos  de  la   dores o un determinado acreedor individual no   administración concursal no estarían vinculados
                perjudique  con  su  actuar  una  estrategia  que
                                                              por los acuerdos que fueron  alcanzados entre
                                                              los  acreedores  en  relación  con  el  orden  de
                pueda ser más beneficiosa  para  la comunidad
                                                              prelación en la deuda al aprobar o confeccionar,
                acreedora,  sin,  al  menos,  ponerlo  en  conoci­
                                                              en su caso, la lista de acreedores del concurso42.
                miento de ésta.
                    EL CONTRATO ENTRE ACREEDORES
          Revista  editada   V.   EN SITUACIONES PARTICULARES:  Todo lo anterior, sin perjuicio de que el contra­
                                                              to entre acreedores siga siendo vinculante para





                41.  Una  cláusula tipo en  dicho  sentido,  podría  ser: "De conformidad con lo establecido en el presente Contrato,  una
                    Entidad Financiadora de forma individual no podrá solicitar la declaración de concurso necesario de cualquiera de
                    los Deudores o de cualquiera de los Garantes, exigiéndose a tal efecto acuerdo favorable de la Mayoría de Entidades
          127   42.  PULGAR EZQUERRA, J. Preconcursalidad y Acuerdos de Refinanciación. La Ley, 2012,  pp.242, que, en este sentido,
                    Financiadoras"
          ADVOCATUS   entiende que el  pacto de subordinación "sobre la base de esa naturaleza contractual, no afecta a terceros y no

                    siquiera al deudor"y"sus efectos [los del contrato entre acreedores] se producen al margen de éste [del concurso]
                    y exclusivamente en el marco de las relaciones internas de los acreedores que lo suscribieron". También, en este
                    sentido, BUIL ALDAN A, I. y CERDÁ MASIP, A. When debt is the new equity: capital riesgo y distressed investing en un
                    marco de crisis económica y reforma concursal. Revista Española de Capital Riesgo, número 1/2102, pp. 3-20




         78     R  a  f a  e  l    M  í n  g  u  e  z     P  r i e  t o     /    A  g  u  s  t í n     C  e  r d  á     M  a  s  i p
   76   77   78   79   80   81   82   83   84   85   86