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Como regla general, los bonistas "high yield" de un hito de riesgo identificado previamente la
comparten posiciones sénior dentro del es única obligación que tenían era comunicar a la «
quema de acceso a pagos y a garantías, pu otra parte su intención de ejecutar las garantías V-AJ
diéndose entender, con carácter general, que para darle a ésta la posibilidad de ejecutarlas Q-g
dichos grupos mantienen una posición "parí conjuntam ente, si bien, en el caso de que i/fc/i
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passu" entre sí46. decidiera no hacerlo, podría, unilateralmente,
DERECHO
hacerlo el grupo de acreedores que hubiera BANCARIO
FINANCIERO
AUTOR
Así, es común que el contrato entre acreedores iniciado la ejecución. EXTRANJERO
suscrito entre los tenedores de bonos y los tene
dores de deuda sénior establezca, inicialmente, Adicionalmente, es habitual que la cascada
una situación parí passu entre ambos tipos de de pagos recogiera que aquellos acreedores
acreedores, en cuanto a privilegios, rango, prio que decidieran no colaborar en la ejecución
ridad en el pago y garantías. de las garantías fueran los últimos en cobrar
de las cantidades obtenidas -sólo por delante
Es habitual que cada acreedor -ya sea el sénior de las personas especialmente relacionadas ro
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ordinario o el representante de los bonistas- con el concursado según el artículo 93 de la
declare en beneficio del otro que no tiene más Ley Concursal-, de modo que se incentivase la T>
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obligados dentro del grupo del deudor de que colaboración entre ambos grupos. T3 ro
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se trate ni más garantías que las que se han i/i
puesto de manifiesto y se comprometa -del No resulta extraño, igualmente, que los bonistas O)
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mismo modo que lo haría frente a acreedores regulen, en el contrato entre acreedores, que c
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de su mismo"grupo"o naturaleza- a no aceptar dejen que sean los acreedores "bancarios" JO
ningún tipo de garantías a futuro si, simultá más tradicionales los que decidan sobre el T3 <U
neamente, no se otorgan garantías similares en procedimiento e impulso de una ejecución de O
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beneficio del otro grupo de acreedores. garantías, aunque las resultas de dichas garantías U
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deban, posteriormente, ser compartidas entre QJ
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Adicionalmente, ambos tipos de acreedores ambos. La razón de ser de dicha posición es que, cu
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se comprometen a aplicar las provisiones del generalmente, los bonistas pueden entender ■o
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contrato entre acreedores, incluso, en el caso que los acreedores bancarios van a tener una
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de que alguno de los instrumentos de deuda mayor experiencia y conocimiento para llevar ro
sénior o de bonos sea rescindido o declarado a cabo tal ejecución. JO
nulo o inejecutable salvo lo previsto para el caso T3 <V
de personas, especialmente, relacionadas de la 4. El contrato entre acreedores en ¡/)
O
Ley Concursal-. escenarios de refinanciación. c E
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Si bien lo anterior entra dentro de lo habitual En situaciones de crisis financiera en las que O
para contratos de este tipo, es muy habitual las sociedades deudores que se encuentran en Q.
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que, en estas situaciones, se puedan establecer situación de insolvencia inminente o iliquidez ro
particularidades, como que hasta una fecha temporal optan por una salida extra concursal y •5
QJ
concreta tengan que ejecutar conjuntamente negociada con sus acreedores a la situación de ro
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las garantías bonistas y acreedores sénior, ¡liquidez. Los acuerdos entre tales acreedores >
QJ
mientras que, a partir de dicha fecha, en la que que participan en la refinanciación, incluyen CC
ningún acreedor hubiera tenido que acceder a determinadas particularidades propias de la
las garantías -generalmente, una fecha detrás especial situación del deudor que, máxime en
h-
§
46. Para un análisis detallado de la relación entre ambos tipos de acreedores en los "intercreditor agreement' que se 2
han venido negociando en Nueva York, ver RYAN, John. Envolving Intercreditor Relationships Among European High §
YieldIssuers, Banking Law Journal, n° 118, 2001, p. 339. Q
El contrato entre acreedores: naturaleza jurídica, alcance objetivo y diversidad subjetiva, su función en escenarios de insolvencia... 81