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bido proceso, lo que significa que no se puede respetando las reglas pactadas por las partes, no «
invocar cualquier manifestación de tal derecho se configuraría esta causal de anulación. Este es
conforme a las distintas situaciones reguladas el criterio con el que debe interpretarse la causal c a z
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en la Constitución Política o el Código Procesal de "no poder hacer valer sus derechos".
Civil5. En tal sentido, el ex Presidente del Tribunal OO
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Constitucional, César Landa, señala que "con Para anular un laudo por esta causal es impor AUTOR
todo razón, se ha sostenido que siendo el debido tante examinar la importancia, la oportunidad y NACIONAL
proceso un derecho fundamental de contenido el efecto de la defensa que no se pudo realizar.
amplio, será posible que algunas de sus manifes Se deberá probar la existencia de un verdadero
taciones no sean susceptibles de ser invocadas en agravio, una falta por acción o por omisión que
sede arbitral, dadas las particulares características se haya traducido en un daño real que haya
que reviste esta jurisdicción de excepción".6 impedido a la parte ejercer un derecho. Además,
se deberá demostrar que el perjuicio tiene una
En ese mismo sentido se pronuncia Gonzáles relación causal directa con lo que se haya dicho
de Cossío al señalar que el derecho de defensa en el laudo8. De lo contrario sería solo una ex ro
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de las partes consiste en que"e/procedimiento cusa para que la parte perdedora del arbitraje
arbitral sea seguido en la forma establecida en el busque dejar sin efecto el laudo. QJ
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acuerdo arbitral y que tengan una oportunidad T i ro
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razonable de manifestar lo que a su derecho III. DEFECTOS DE MOTIVACIÓN
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convenga o, utilizando las palabras del Código de <u
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Comercio, hacer valer sus derechos".7 Existe un amplio debate respecto a la posibili c
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dad de que una parte solicite la anulación del
El derecho de defensa pactado en el convenio laudo alegando la causal de que"no pudo hacer OJ
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arbitral o en el reglamento es en realidad un valer sus derechos" conforme al artículo 63.1 .b O
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mecanismo de ejecución del contrato que del Decreto Legislativo 1071, pero haciendo oj
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puede ser regulado en el convenio. Y cuando referencia al derecho al debido proceso en su CJ
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las partes no regulan expresamente el detalle manifestación de laudo con problemas en la QJ
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de las normas arbitrales pero sí se someten motivación. Este debate es relevante porque T 3
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al reglamento de una institución, las partes en la práctica judicial peruana, la ausencia de
están pactado que las normas que regularán la una adecuada motivación es uno de los funda
solución del conflicto son las de ese reglamento. mentos más usados para anular laudos9. En el
Por tanto, mientras el arbitraje se haya tramitado año 2013, las dos salas de la sub-especialidad QJ
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5. Arrarte señala que: "dado el carácter excepcional y taxativo de las causales de anulación, su interpretación debe
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ser restrictiva, por lo que no consideramos jurídicamente válido sostener que la consecuencia de anulación prevista Q.
para una manifestación específica del debido proceso, esto es, para la vulneración del derecho de defensa, pueda ro
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ser ampliada a todos los derechos que integran el primero. Por tanto, a priori, podemos llegar a la conclusión de que i- 1
la causal de anulación contemplada no se refiere al debido proceso (género) sino al derecho de defensa de manera T 3
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concreta". ARRARTE, Ana María. "Apuntes sobre el debido proceso en el arbitraje: la anulación del laudo y el proceso ro
de amparo". En: lus et Veritas N° 35, Lima, p.75. Asimismo, Esteban Alva, haciendo referencia al pronunciamiento in
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del Tribunal Constitucional contenido en los expedientes Nos. 6149-2006-PA/TC y 6662-2006-PA/TC, sostiene que OJ
CC
"nuestro Tribunal Constitucional se cuidó de precisar que la manifestación o extensión de este derecho no puede ser
idéntica dentro de un proceso judicialyuno arbitral". ALVA NAVARRO, Esteban. "La anulación de laudo". Lima: Palestra,
2011, p.149.
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6. Citado por ALVA NAVARRO, Esteban. Op.Cit., p. 150.
7. GONZÁLEZ DE COSSÍO, Francisco. "Arbitraje". México: Porrúa, 2011. p. 776. K
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8. LOHMANN LUCA DE TENA, Guillermo. "Consecuencias de la anulación de un laudo arbitral". En: Revista Peruana de
Arbitraje No. 9, Lima, 2009. pp. 60-63 §
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9. Juan Luis Avendaño señala que: "Entre las causales más utilizadas para invocar la falta de un debido proceso en un
D e r e c h o d e d e f e n s a y d e f e c t o s d e m o t i v a c i ó n c o m o c a u s a l e s d e a n u l a c i ó n d e l a u d o 207