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Si bien dicha institución constitucional - pro del Tribunal Constitucional del Perú, así como
cesal, es una joven herramienta que coadyuva sus efectos y también los requisitos para su
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a la eficacia constitucional de los procesos de configuración, analizando asimismo el contex Uü
jurisdicción de la libertad, actualmente su sig to general en que se rodea dicha institución ■ ■Mil
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nificado, no es aún muy conocida o aplicada, procesal dentro del ámbito de un proceso de i/x/>
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tanto por los justiciables como por los tribunales jurisdiccional de la libertad en beneficio exclu
OERECHO
de justicia, a pesar que aquella fue así difundida sivo de la protección efectiva de los derechos CONSTITUCIONAL
AUTOR
desde marzo de 2010 por parte del Tribunal fundamentales. NACIONAL
Constitucional, al momento de la expedición de
la sentencia, recaída en el expediente 607-2009 I. DEFINICION DEL DERECHO PROCESAL
AA/TC, (caso Flavio Jhon Lojas). CONSTITUCIONAL
Cabe resaltar que si bien el instituto de la Eje En el mundo actual y en especial en los países
cución Anticipada de sentencia de primera ins catalogados como "democráticos", se ha experi
tancia actualmente, no se encuentra regulado mentado cambios significativos en los sistemas
en nuestro ordenamiento jurídico nacional, por legales y políticos, inspirado por la corriente
intermedio de una Ley o una Norma de índole neo-constitucional, la que reconoce a la Cons a
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administrativo o muchos menos consignado titución como norma legal suprema y como TJ
así expresamente, en nuestro Código Procesal medio de organizar y limitar la organización y el
Constitucional, lo cierto es que aquello, no ha poder del Estado y de la propia sociedad en su
sido óbice para que haya podido ser aplicada conjunto; lo que ha traído como consecuencia
dentro de nuestro ordenamiento jurídico pro la inclusión de un medio para hacer efectivo la
cesal, en mérito a la interpretación realizada y Constitución misma, y es a través del denomi
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disposición de acatamiento expreso incoado nado Procesalismo Constitucional, la que viene o
por así por el Supremo Interprete de la Consti consolidándose en todos los países de la orbe.
tución. De manera que el presente ensayo, está ai
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enfocada principalmente al análisis de esa figura Así pues, el Procesalismo Constitucional- tras a
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en general y las características y requisitos para pasa fronteras y no se ha quedado inmerso en
su configuración. un solo espacio donde se desenvuelva. Varía en
cuanto a las formas que adoptan los sistemas
Así pues, los tiempos actuales demandan el jurídicos de cada país; sin embargo, el objetivo
necesario activismo por parte del juez consti que se busca con los distintos paradigmas es "D
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tucional ya que frente a la violación o descono el mismo: la defensa de la Constitución y con O
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cimiento de un derecho fundamental se exige ello la protección de los derechos humanos. E
una rápida solución que importe un retorno de Es así, que nuestros sistema jurídico no ha sido o
las cosas a su estado anterior y que sea superior ajeno a esta nueva ola, al haber acogido a ni o
a la que ofrece normalmente la justicia ordinaria. vel jurisprudencial esta tendencia a través de CL
Es decir, tanto la sociedad como los justiciables, los fallos, sobretodo emitidos por el Tribunal
exigen que la sentencia estimatoria que pone fin Constitucional Peruano a partir de los años 2002
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a un conflicto (al menos en primera instancia) hacia delante, y que se consolido con la dación
se cumpla de inmediato, evitando que aquella, de la Ley 28237, que aprobó el primer Código
se convierta en una mera declaración carente Procesal Constitucional en el mundo, publicado
de efectividad, en perjuicio, claro está, del re en diario oficial El Peruano el 31 de mayo de
currente de la acción de garantía constitucional. 2004; norma procesal moderna que nació con
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la finalidad coadyuvar a implantar un verdadero <N
Analizaremos en la presente Ponencia la nove Estado Constitucional de Derecho.
dosa institución constitucional - procesal de la g
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"Ejecución Anticipada de Sentencia Estimatoria de Sin duda, es corta aun la vigencia del Código
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primera instancia" producto de nuestro Código Procesal Constitucional Peruano, tiempo durante Q
Procesal Constitucional y la de jurisprudencia el cual ha tenido muchos aciertos, logrando avan-
A c t u a c i ó n i n m e d i a t a d e s e n t e n c i a e s t i m a t o r i a e n l a s a c c i o n e s d e g a r a n t í a e n e l P e r ú 4 9