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por ejemplo (reglamento vs. ley) sin necesidad cional para que se le atribuya una competencia a
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de afrontar principio constitucional alguno. su contendor, quitándosela de encima mediante
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una interpretación vinculante; y, b) Conflicto
Nuestra Carta constitucional ha optado por positivo de competencia, cuando un órgano ■ ■ ■ i i
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otorgar competencia al Poder Judicial para constitucional demanda al Tribunal el que se
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que en su sede se determinen a través de la le atribuya una competencia determinada, que
DERECHO
Acción Popular, si los Reglamentos y normas es contestada o disputada por su contendor, a CONSTITUCIONAL
AUTOR
administrativas que tienen efectos generales quien se la deberán de restar explícitamente NACIONAL
colisionan con la Ley y con la Constitución, de mediante interpretación vinculante.
biéndose de realizar el examen de la legalidad
y constitucionalidad de la norma acusada de Sobre la base de lo antes expuesto, conforme
violación, en el orden antes señalado, pues no a lo dispuesto en el artículo 202, inciso 3, de la
toda ilegalidad supone siempre una necesaria Constitución los Conflictos de Competencia que
inconstitucionalidad. serán juzgados por el Tribunal Constitucional
solamente se refieren a aquellos que se susciten ro
Como consecuencia de lo antes expuesto, la de las atribuciones que la Carta Constitucional £
Acción Popular, no tendrá otra finalidad que la confiere a los diferentes estamentos del Estado, ai
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de preservar la legalidad y constitucionalidad a raíz de la distribución o asignación de facul "O
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de los Reglamentos y normas administrativas tades que todo texto constitucional conlleva “O
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de carácter general, y para que ello sea deter intrínsecamente. QJ
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minado por el Juzgador Constitucional deberá C
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necesariamente de llevarse a cabo un exhaus Al desarrollarse legislativa la norma constitucio ro
tivo análisis de subsunción de la norma que su nal antes mencionada se ha determinado que ai
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puestamente vulnera la ley y/o la Constitución, la competencia del Tribunal Constitucional en 0
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partiendo éste de la indispensable labor inter esta materia se limita a los siguientes conflictos u
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pretativa de la Ley y la Constitución. Débase de competencia: i) Entre el Poder Ejecutivo y uno o 01
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considerar necesariamente en este análisis la más Gobiernos Regionales o Municipales; ii) Entre ai
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premisa básica de interpretación de que toda dos o más Gobiernos Regionales, Municipalida T3 ro
norma nace siempre bajo la presunción de ser des, o de ellos entre sí; y, iii) Entre los Poderes del
válida y constitucional. Estado entre sí o cualquiera de los otros órganos u
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constitucionales, o de éstos entre sí. —
3.1.4. Contienda de competencia ai
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Sin embargo, no ha habido una importante l/l
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Como hemos señalado precedentem ente, intervención del Tribunal Constitucional en el
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el Conflicto de Competencia es también un ejercicio de esta facultad. Cabe señalar que la
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Proceso Constitucional, siendo su finalidad la propia Ley Orgánica delTribunal Constitucional O
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interpretación del Texto Constitucional y con ha determinado que si el conflicto que es some ro
ello el control por parte del Tribunal Constitu tido a su conocimiento proviene de una Ley o de T3
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cional del ejercicio de las facultades que le son una norma con rango de Ley, la vía procesal para ■5
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atribuidas a las diferentes entidades del sector la solución de dicha controversia constitucional ro
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público. Es un proceso que lo podemos clasificar se reconduce a la Acción de Inconstitucionalidad, >
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dentro de la jurisdicción constitucional como y se la tramitará como tal. cc
un proceso de control de la constitucionalidad,
legalidad y cumplimiento de las competencias Lamentablemente hasta la fecha nuestro Tri
constitucionales y legales. bunal Constitucional no ha desarrollado una £¿
jurisprudencia considerable respecto a esta g
Los procesos constitucionales sobre Conflicto competencia. Este proceso constitucional ^
de Competencia pueden ser clasificados en dos: no ha tenido tal vez la importancia que, por q
a) Conflicto negativo de competencia, cuando ejemplo, ha logrado en España a raíz de los q
un órgano demanda ante el Tribunal Constitu conflictos que cotidianamente surgen entre el ^
A c t u a c i ó n i n m e d i a t a d e s e n t e n c i a e s t i m a t o r i a e n l a s a c c i o n e s d e g a r a n t í a e n e l P e r ú 59