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Así pues, la acción de inconstitucionalidad 3.1.3. La acción popular
es un proceso constitucional que tiene como
finalidad que las leyes, decretos legislativos La Acción Popular es uno de los instrumentos
y otras normas con rango de ley (decretos de control constitucional y legal del Derecho
de urgencia, tratados internacionales, reso Procesal Constitucional que provee la Constitu
luciones legislativas, etc.) no contravengan a ción Política del Estado a los justiciables para el
la Constitución. Se presenta al Tribunal Cons control de la legalidad y constitucionalidad de
titucional quien resuelve en instancia única la legislación derivada, esto es para el control en
y declara en su sentencia si la norma que ha sede judicial de las normas administrativas con
sido impugnada, efectivamente, contradice carácter general cuando éstas contravengan la
o no la Constitución. Si el Tribunal declara in Constitución o las leyes. Es, por tanto, una ac
constitucional una norma, ésta pierde efecto ción de control directo de la legislación derivada
desde el día siguiente a la publicación de la (ley en sentido material), de orden abstracto (de
sentencia, lo que equivale a decir que, a partir puro derecho en trabajo de subsunción inter
de ese momento, deja de existir en el ordena pretativa) y de legitimación abierta sin requerir
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
miento jurídico. factor de conexión entre la norma dubitada y
el agente que aparece como reclamante, cuya
Como se aprecia, la justicia constitucional con titularidad, en puridad, corresponde al Poder
centrada, o ad-hoc, bajo el modelo kelseniano, Judicial como agente del control constitucional.
que corresponde al Tribunal Constitucional,
es un ejercicio constitucional, mental y meto No es ésta, reiteramos, en propiedad, una acción
dológico absolutamente opuesto al anterior. de garantía constitucional (como erróneamente
Son entonces conceptos antitéticos, y hasta se expresa en el texto del artículo 200 de la Carta
opuestos, con el denominado "Control Difuso". Constitucional y se repite con el mismo error por
Y ello surge así desde la no receptividad del muchos), sino una de control directo por parte
sistema americano en la Europa de finales del del Poder Judicial sobre de la legalidad y/o la
Siglo pasado e inicios de la presente centuria constitucionalidad de las leyes administrativas
(la doctrina francesa la llegó a denominar (reglamentos en especial, y normas reglamenta
despectivamente la dictadura de los jueces alu rias en sentido lato) de la administración pública
diendo a su no legitimación popular directa), en general, cualquiera sea su origen o posición.
y que se hacen sobre la base de metodologías
por alum nos de la jetiva, esta es abstracta puesto que no requiere denominada legislación derivada se adecúa o
opuestas. No cabe hacer un juicio valorativo,
La doctrina y la legislación ponen en sede del
axiológico, de cualidad de la una sobre la otra,
Poder Judicial, la posibilidad que éste de un
ni viceversa; simplemente cabe enunciar sus
modo abstracto pueda determinar si aquello
normado por la Administración Pública, en la
diferencias objetivas. Mientras aquélla es sub
de contención subjetiva ninguna ni se hace
Revista editada judicial con todas sus variantes, ésta se halla no a los parámetros establecidos en la Ley y en
la Constitución.
en sede judicial. Mientras aquélla es para el
caso concreto, esta es erga omnes. Mientras
El control directo que la Acción Popular esta
aquélla está difuminada entre todo el sistema
blece dentro del ámbito de competencia del
concentrada en un sólo órgano diseñado en la
control legislativo; en tanto que en segundo
Constitución para ese efecto. Mientras aquélla Órgano Jurisdiccional es, en primer lugar, un
surge del valor que determina el derecho en lugar éste puede llegar a ser un control consti
129 conflicto con la realidad, la realidad que en tucional y convierte al Órgano Jurisdiccional en
A D V O C A T U S examen objetivo de subsunción dentro de la la administración pública. Ello supone que no
Juez Constitucional de la legislación derivada de
marca su proceso judicial, ésta proviene de un
siempre el control que ha de establecerse me
simple confrontación de las interpretaciones
del referente constitucional y de la interpreta
ción de la norma dubitada. diante una Acción Popular será de orden cons
titucional, puesto que puede ser de orden legal,
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