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en  la  vida  coexistencia!  de  los  miembros  del   de los dichos y actos de Mahoma) son  re-    <
            cuerpo  estadual, ya  que  ellos  guían  hacia  la   glas básicas del país y que la Sharía (la Ley   Z
            salvación del  alma y la consecución de la vida   de Alá) es el fundamento de su existencia        &
             ultramontana. En ese contexto, se incide más en   como organización gubernamental.                kj
            el bienestar espiritual que en el material.                                                        O
                                                          c)   La Constitución de Irán (1979) señala que la
             En perspectiva histórica aparece en el Antiguo   República Islámica es un sistema estableci­
             Egipto, en donde el gobernante reunía binaria­   do sobre la base de la fe en un  Dios único
             mente las potestades políticas y religiosas. Así,   y en  la especificidad de la soberanía y del
            el  Faraón  (La Gran Casa) era  indisolublemente   poder de legislar, así como en la necesidad
            autoridad y divinidad.                            de someterse totalmente a él. La conduc­
                                                              ción del Estado está a cargo de un Alfaquí
             En Israel se instaurará con el liderazgo de Moi­  (doctor o sabio de  la  Ley Islámica) justo y
             sés y culminará  con  el  de Josué.  Conforme a   virtuoso.
             la Tora  quedaba  aceptado  que Jehová  era  el
             único  Señor y  que  a  las tribus  de  Levi  se  les   Los Estados teocráticos pueden ser subclasifica­
             encargaría la condición de sacerdotes o inter­  dos en cerrados cuando no admiten la libertad
             mediarios del Creador.                       religiosa y de culto, y abiertos cuando los referi­  U n ive rsid a d   de  Lim a
                                                          dos derechos se encuentran garantizados para
             En Ginebra en el siglo XVI, Juan Calvino, estable­  todos los ciudadanos.
             ció un régimen que planteaba la soberanía de
             Dios; y por lo cual gobernaba sobre el Estado y   2.   Estado Confesional.
             la Iglesia. El primero administrativa a la segunda,
             a efectos que pudiera cumplir su labor evange­  El  cuerpo  político  se afilia  a  una  determinada
             lizados.  De allí que José  Gatis11  señalase que   confesión religiosa.
             ambas se  correspondían.  En  efecto, "el Estado
             tiene su jurisdicción sobre los asuntos temporales   En ese contexto, el Estado asume que es el me­
            y la Iglesia sobre los asuntos doctrinales y espiri­  dio o instrumento que coadyuva a la plasmación
             tuales, pero ambas son de carácter religioso".  de los fines constitutivos de aquella.

             En  la  actualidad  dicho  modelo  se  encuentra   La organización  política en el  marco de su se­
             vigente en:                                  paración orgánica con la organización religiosa  R evista  e d ita d a   p o r  a lu m n o s  de  la  F aculta d  de  D e rech o  de  la
                                                          adecúa su actuación a  la dogmática (conjunto
             a)   La Ley Fundamental del  Estado de la Ciu­  de fundamentos y principios) y la moral (actos
                dad del Vaticano (2011) señala que el Papa   de conducta) exigida por la religión a la que se
                es el Obispo de la Iglesia Romana, cabeza   ha adherido.
                del  Colegio  de  los  Obispos,  Vicario  de
                Cristo y Pastor de la Iglesia Universal en la   Como  plantea  Milagros  Revilla  Izquierdo12, el
                Tierra y tiene, en virtud de su función, po­  Estado deviene en un "sujeto creyente".
                testad ordinaria, suprema plena, inmediata
                y universal.                              La religión aparece como un signo de identidad
                                                          institucional, una expresión histórico-sociológi-
             b)  La  Constitución  de Arabia  Saudita  (1992)   ca y como una inspiración para la formulación
                 señala que el Corán y la Sunna (codificación  de un orden político-social.
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             11.  GATIS, José. "La teoría política de Calvino". En: Separata de Historia de las Ideas.  Lima: UIGA, 2012.  AD VO C ATU S
             12.   REVILLA  IZQUIERDO. "El sistema de relación Iglesia-Estado peruano: los principios constitucionales del Estado en el
                ordenamiento jurídico peruano". En: Pensamiento Constitucional, N° 18. Lima: PUCP.




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