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libertad religiosa y de culto; y abiertos cuando Esta modalidad puede ser subclasificada en <
dichos derechos se encuentran garantizados estados con Laicidad y estados con Laicismo.
para todos los ciudadanos. c c
h-
La laicidad implica una actitud política positiva u
3. Estado Laico. frente al fenómeno religioso; y en donde se O
O
respeta y valora la presencia de sus manifesta
El cuerpo político expresa una forma de gobier ciones institucionales y personales. Tal el caso
no caracterizado por la autonomía, independen del constitucionalismo norteamericano.
cia y aconfesionalidad respecto de cualquier
confesión religiosa. La separación tajante entre El Estado aprecia como provechosa la actividad re
Estado e Iglesia plantea de un lado, una concep ligiosa y no desdeña la efectividad de sus manifes
ción secular y no sacra del poder político; y, del taciones emanadas ya sea, desde la organización
otro, una garantía de igualdad de trato para las eclesial o la propia aptitud personal del creyente.
organizaciones confesionales.
Estima axiológicamente el hecho religioso en
Ello implica la proscripción de la diferencia sentido plural, guardándose de optar por una
ción o privilegio por razones de la fe religiosa; opción determinada.
y la certeza de la distinción entre los objetivos
y fines de ambas organizaciones. De allí, que El laicismo implica una aptitud negativa frente
el gobierno del Estado se encuentre apar al fenómeno religioso; en donde la indiferencia
tado de vinculación alguna con las normas hacia las concepciones y prácticas de dicha na
religiosas. turaleza se hacen expresión de una política de
Estado.Tal el caso del constitucionalismo francés. F acultad de D e rech o de la U n ive rsid a d de Lim a
En ese sentido, se soslaya cualquier vocación
de confundir los valores e intereses religiosos El Estado adopta una actitud de contención
con los planes y conductas gubernamentales. ante cualquier intento de manifestación reli
giosa que implique influencia en la vida social.
Martin de Agar14 plantea que se trata de la de Tal el caso de la prohibición del uso del velo
limitación y soberanía recíproca entre el orden islámico en espacios públicos, la realización de
religioso y el orden secular; esto es, entre la procesiones, etc.
legislación y la institucionalidad que gobiernan
uno y otro orden. En la actualidad dicho modelo se encuentra
vigente en;
Miguel Ayurso15 señala que en la praxis se pos p o r a lu m n o s de la
tula un"agnosticismo político"que concluye con a) La Constitución de Estados Unidos de Amé
la sumisión de la Iglesia al Estado. rica (1787) señala que el Congreso se en
cuentra impedido de dictar ley alguna por lo
Dicho modelo se origina con la plasmación de que se adopta una religión como oficial del
las ideas de la Ilustración durante el período del Estado o se prohíba practicarla libremente.
republicanismo francés a finales del siglo XVIII y Revista e d ita d a
con la creación de la sociedad norteamericana, b) La Constitución de Francia (1958) señala
engendrada sobre la base de los inmigrantes que la República es indivisible, laica, demo
europeos perseguidos por su fe religiosa. crática y social.
AD VO C ATU S I33
14. DE AGAR, Martin. "Los principios del derecho eclesiástico del Estado". En: Revista de la Universidad Católica de
Valparaíso. 2003.
15. AYURSO, Miguel. "Del laicicismo a la laicidad. Unas reflexiones (no exclusivamente) especiales". En: Retos del derecho
constitucional contemporáneo. Buenos Aires: Editorial Astrea, 2013.
E l E s t a d o y l a L i b e r t a d d e C u l t o