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no se concreten fenómenos delictivos desde 3. El c rim in a l c o m p lia n c e en la Ley 30424.
la propia empresa. Es común, pues, observar
que la autorregulación pura lleva a la elabo La Ley 30424 incorpora los "modelos de pre
ración de pautas generales de actuación de la vención aplicables a las personas jurídicas" en
empresa, de "Códigos Éticos" o de "Manuales su artículo 17, donde prevé la posibilidad de
de Responsabilidad Social Empresarial"29. No exoneración de responsabilidad penal si es
obstante, también existirán excepciones de que se hubiera adoptado o im plem entado
empresas que busquen advertir cualquier con anterioridad a la comisión del delito un
posibilidad de riesgo, para lo cual establezcan modelo de prevención en atención a los ries
pautas más estrictas incluso que las que pue gos, naturaleza, necesidades y características
dan ser establecidas por el legislador penal, de la empresa.
cubriendo lagunas jurídicas o regulativas.
En los incisos siguientes, la ley prevé una serie
En segundo término, se encuentra el modelo de requisitos mínimos que ha de incluir el pro
de autorregulación regulada o co-regulación, grama de prevención penal, los cuales son:
U n ive rsid a d de Lim a empíricamente comprobable y en el que los a) máximo órgano de administración de la
donde el papel de la intervención estatal es
Una persona u órgano, designado por el
intereses públicos determinados por el mismo
persona jurídica, que ejerza la función de
son también verificables. De este modo, según
auditoría interna de prevención y que cuente
señala Coca Vila, existen tres posibilidades: i)
con el personal, medios y facultades nece
Que el Estado delegue puntalmente la facultad
sarios para cumplirla adecuadamente. Esta
de regulación pero mantenga la facultad de
F aculta d de D e rech o de la y, por último iii) que el Estado trabaje en el b) Medidas preventivas referidas a:
función se ejerce con la debida autonomía
revisión, supervisión y sanción o que invierta
estas funciones con la empresa -autorregula
respecto del órgano de administración, sus
propietarios, accionistas o socios, salvo en el
ción delegada-; ii) que el Estado transfiera la
caso de la micro, pequeña y mediana empre
potestad de regulación, supervisión y sanción,
sa, donde puede ser asumida directamente
pero mantenga la potestad de revisión de lo
por el órgano de administración.
normado y de cómo lleva a cabo la eficacia
del programa -autorregulación transferida-;
p o r a lu m n o s de la mismo nivel con las empresas en la elaboración i. La identificación de las actividades o pro
de sistemas específicos de regulación -co-
regulación-30.
cesos de la persona jurídica que generen
o incrementen riesgos de comisión del
Sin perjuicio de lo señalado, bajo este modelo
delito de cohecho activo transnacional.
será común también que las empresas esta
R evista e d ita d a blezcan normas de comportamiento que se ii. El establecimiento de procesos especí
ficos que permitan a las personas que
plasmen en instrumentos tales como códigos de
intervengan en estos, programar y ejecu
conducta, de buen gobierno, de buenas prácticas,
tar sus tareas o labores de una manera
etc., lo cual a simple vista podría llevar a que
confundamos este sistema con el de la autorre
que prevenga la comisión del delito de
gulación voluntaria31.
cohecho activo transnacional.
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AD VO C ATU S 30. Ibíd., p. 51.
29. Loe. Cit.
31. NIETO, Adán. "Responsabilidad social, gobierno corporativo y autorregulación: sus influencias en el derecho penal de
la empresa". Disponible en: <http://www.politicacriminal.cl/n_05/a_3_5.pdf>.
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