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Un aspecto que también resulta meritorio de por el delito de contaminación ambiental en <
comentario es aquel de cómo ha de operar el aras de los efectos desplegados por el programa z
programa de cumplimiento penal en los casos de cumplimiento. cc
I-
de las personas jurídicas, máxime en ordena u
mientos como el alemán, donde no existe una V. CONCLUSIONES. O
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regulación de la responsabilidad penal de las
personas jurídicas y donde la adopción e imple- Los inminentes esfuerzos del legislador peruano
mentación de este tipo de modelos preventivos por suplir las aparentes lagunas de punibilidad
obedece más bien a un ideal más próximo a la han llevado a que en nuestro ordenamiento
autorregulación pura de los entes colectivos. Así nos encontremos ante dos importantes pro
pues, siguiendo la línea del análisis ya efectuado yectos que apunten al reconocimiento de que
en el marco de los programas de prevención las sociedades puedan ser pasibles del ius pu-
como eximentes de responsabilidad, tendría niendi del Estado. Estos son i) el Dictamen de
mos que para el supuesto de las personas na la Ley del Nuevo Código penal y; ii) el Proyecto
turales -altos funcionarios, gerentes generales, de dictamen recaído en el Proyecto de Ley
etc - el criminal compliance operaría como un 4054/2014-PE, que propone una Ley que regula
elemento que permita generar una ruptura en la responsabilidad autónoma de las personas
el análisis de imputación objetiva al representar jurídicas en delitos de corrupción.
un sesgo en el análisis del desvalor de resultado.
Así, planteemos el siguiente supuesto: la empre Ambos proyectos, siguiendo el modelo vigente
sa A -dedicada a la elaboración de productos en el ordenamiento español reconocen la va
farmacéuticos- ha adoptado un programa de lidez de la institución del criminal compliance
compliance para prevenir posibles casos de o programa de cum plim iento/prevención
contaminación del medio ambiente por parte penal, en el marco de la novísima posibilidad
del Service contratado para la segregación, tra de imputación de responsabilidad penal de las
tamiento y eliminación de desechos y residuos personas jurídicas. No obstante, este proyec
químicos. A pesar de esto, la empresa se ve in to de regulación no resulta pacífico, al existir
mersa en un proceso penal por la comisión del polémica a nivel doctrinario respecto de la
referido delito, habida cuenta de la deliberada incompatibilidad de los modelos de atribución Revista e d ita d a p o r a lu m n o s de la F acultad de D e rech o de la U n iv e rs id a d de Lim a
conducta de uno de los operarios del Service de responsabilidad penal a los entes colectivos,
quien, con la intención de causar un daño la máxime el modelo de atribución por transferen
tente, no respetó los protocolos previstos y con cia. Si bien los referidos proyectos señalan que
taminó un río con los desechos señalados. En la responsabilidad a ser aplicable a la persona
este supuesto, tendríamos que el programa de jurídica ha de considerarse como autónoma, la
compliance penal -enfocándonos en la persona casuística en el derecho comparado ha llegado
del Gerente General de la empresa- significaría a evidenciar que la aplicación de este sistema
una ruptura del análisis de la imputación objeti de responsabilidad puede colisionar con los
va, puesto que el resultado producido no estaría principios fundamentales del Derecho Penal,
cubierto por el fin de protección de la norma de específicamente aquel referido a la responsabi
cuidado -el modelo de prevención-, escapan lidad por el propio hecho como manifestación
do de cualquier esfuerzo o medida preventiva del principio de culpabilidad. Esto pues, signi
posible a partir del accionar de un agente que ficará un reto tanto para las posibles observa
estaba presto a la comisión de un ilícito con co- ciones que pueda hacer el legislador antes de
nocimientoy voluntad sobre su conducta lesiva. promulgar la norma, así como también para los
AD VO C ATU S I33
Así, el Gerente General no podría ser procesado operadores jurídicos, quienes han de abandonar
milenio. Buenos Aires: 2001, pp. 65-80. Disponible en: <http://www.ehu.eus/documents/1736829/2010409/CLC+
51+Una+nueva+linea-i-intervencion+penal.pdf>.
La atribución de responsabilidad penal de las personas jurídicas y los modelos de prevención del delito: Análisis jurídico ... 2 4 9