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d) La Ley establece que los titulares de con cripciones se presumen conocidas por to
cesión o autorización podrán constituir la dos. Por lo que, desde que el Estado declara
hipoteca sobre los derechos de uso y goce la renuncia o el inicio del procedimiento de
inscritos. Es decir, como el Estado no les ha caducidad de la misma, el acreedor tiene el
transferido propiedad, entonces a través de derecho de ser notificado sin ningún tipo
la concesión o autorización se encarga de de condiciones como la expresada en la
transferir los otros dos atributos que como Ley (que el acreedor le haya comunicado
propietario le corresponden: El uso y el goce. al Estado de la constitución de la hipoteca).
e) La forma documental es la de una escritura j) El concesionario o autorizado que transfiere
pública. a un tercero su derecho debe comunicar al
acreedor hipotecario de dicha transferen
f) Se debe inscribir en el Registro Público. cia, la misma que debe ser autorizada por
el Estado (PRODUCE o Gobierno Regional).
g) SUNARP debe reglamentar el acceso al
F acultad de D e re ch o de la U n iv e rs id a d de Lim a
registro de la hipoteca acuícola y no de k) La ejecución de la garantía es judicial o a
berá descuidar que las "obligaciones" y través de las normas concúrsales, según la
las "multas" administrativas impuestas al ley de la materia.
concesionario o autorizado no constituyen
actos inscribibles. Dicha situación no debe l) Dicha ejecución recae sobre los derechos
ser permitida, por cuanto dichos actos ad de uso y goce que le fueron otorgados al
ministrativos no tienen vocación inscribible titular de la concesión. En el caso de que
en un registro de propiedad inmueble. la ejecución verse sobre una autorización
acuícola además de recaer sobre los dere
h) Solamente se pueden garantizar créditos chos de uso y goce otorgados por el Estado
relacionados con la actividad acuícola. también pueden recaer sobre los bienes de
propiedad del autorizado, según lo pactado
i) El acreedor hipotecario que notifique al en la extensión de la hipoteca.
Estado (PRODUCE o Gobierno Regional) la
constitución de la hipoteca tiene derecho m) El nuevo adjudicatario de la concesión
a ser notificado de la renuncia o inicio del
o autorización deberá solicitar al Estado
p o r a lu m n o s de la procedimiento de caducidad a la concesión (PRODUCE o Gobierno Regional) emita la
resolución (acto administrativo) de cam
por el concesionario (y deudor hipotecario).
bio de la titularidad. Consideramos que
Creemos que dicho derecho del acreedor
dicha exigencia representa un trám ite
no debe nacer porque el acreedor comuni
innecesario teniendo en cuenta que en la
có el registro de la hipoteca al Estado, sino
R evista e d ita d a más bien que el mencionado derecho cons resolución judicial de adjudicación existe
tituye uno del acreedor que ha registrado la
un título habilitante para el titular de la
concesión o autorización.
hipoteca en un Registro Público cuyas ins
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