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En  la  práctica,  puede  afirmarse  que  normal­  VIII. CONCLUSIONES
                 mente21, estricto sensu, se combina este modelo
                 regulatorio con el modelo de"competencia por   La regulación es inherente a contratos APP en la
                 la cancha"en vez de"competencia en la cancha"   medida en que éstos representan normalmente
                 popularizado por Demsetz22.                  transacciones  económicas que configuran  es­
                                                              tructuras industriales de monopolios naturales.
                 Efectivamente, Demsetz planteaba que la promo­
                 ción de competencia en precios ex ante en el caso   Debería quedar claro también que la regulación
                                                              tiene en el derecho a  un  pilar fundamental de
                 de  industrias con  características de monopolio
                                                              soporte para garantizar su viabilidad. Un contra­
                 natural  permitía  garantizar  la  eficiencia  asig-
                                                              to APP que sea mal diseñado o que no contenga
                 nativa en  la  provisión del  servicio, aun cuando
                                                              cláusulas que mantengan el delicado equilibrio
                 no sea posible la competencia efectiva ex post.
                                                              entre  la  sólida  defensa  de  los  intereses  del
                 Ex-post la  solución  más eficiente  para  proveer   Estado concedente y la flexibilidad  para salva­
                 un servicio que es monopolio natural, es un solo   guardar el equilibrio económico-financiero de la
                 operador.  Pero ex-ante, el  ideal  es que existan   empresa privada que actúa como concesionario.
                 varios competidores para adjudicarse el derecho   La  regulación  económica  se  ha  ido  desarro­
           Universidad  de  Lima  competencia ex-ante y el contrato APP permite   llando con la evolución de la propia economía,
                 monopólico. Si  se cumplen  las condiciones de
                                                              desde  sus  antecedentes  más  lejanos  en  la
                 eliminar el poder monopólico ex-post, la teoría
                                                              identificación  de  las  fallas  de  mercado  hasta
                 de Demsetz nos dice que la licitación transferirá
                                                              los  procesos  de  liberalización,  privatización  y
                 a  los consumidores el  beneficio del  poder del
                                                              desregulación de finales del siglo pasado.
                 monopolio cuando se adjudica el derecho de ex­
                 plotar la APP a la propuesta de menor tarifa. Así,
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                 la licitación por tarifa recomendada por Demsetz   El esquema regulatorio más utilizado en la indus­
                                                              tria de las APP es el de fijar topes a la tasa de retor­
                 refuerza a la regulación por tasa de retorno.
                                                              no del inversionista, que equivale en la práctica a
                                                              establecer precios tope, cuidando que no sean tan
                 Una  variante  de  licitación  muy  usada  se  da
                                                              bajos que eliminen los incentivos del monopolista
                cuando  se  quiere  maximizar  la  recaudación   de la APP para brindar el servicio público.
                fiscal, en cuyo caso, se adjudica la APP a quien
                ofrezca el  mayor canon por derecho de explo­  Las licitaciones por tarifa refuerzan al mecanis­
                tarla. Otras variables de competencia  pueden   mo  al  buscar  reproducir alguna  competencia
                ser el plazo de explotación, el cofinanciamiento   entre  interesados  por  explotar  la  APP.  Por
                estatal -en forma de pagos por disponibilidad   tanto, es importante que las condiciones de la
                o pagos diferidos en el tiem po-, canon o pago   licitación  sean  atractivas  al  mayor  número  de
                al Estado por derecho de explotación, ingresos   inversionistas para incentivar la presencia de la
                                                              mayor cantidad de postores.
                netos o su variante de valor presente  mínimo
                de  los  ingresos  y  otros,  como  compromisos
                                                              La regulación, sin embargo, afronta otros limi­
                de  inversión,  compromisos de calidad,  monto
                                                              tantes adicionales que exceden al problema de
                solicitado de garantías de ingresos mínimos o
                                                              la sobreinversión. Serán tratados estos proble­
                combinaciones de los anteriores.
                                                              mas en otro trabajo, ya que excede el límite del
                                                              presente, en el cual solamente se ha pretendido
                Pero  la competencia  por precios sigue siendo   establecer fundamentos de  la  regulación eco­
                la estrategia predominante tanto por su simpli­  nómica.  Dichos  problemas  son  de  particular
                cidad de aplicación como por el hecho de que   incumbencia  del  abogado, en  la  medida  que
                es en el precio donde el usuario del servicio se   dicen  relación  con  la  presencia  de  incentivos
                muestra especialmente sensible cuando se im-   no alineados entre  las  partes así como  con  la
                plementa el mismo mediante una APP.           existencia de contratos incompletos.
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           ADVOCATUS   22.  DEMSETZ,  Harold.  "Why Regúlate Utilities?".  En: Journal  of Law and  Economics,  N°  1, Vol.  11. The  University of

                21.  Este hecho me lo hizo notar el Dr. Sergio A. Hinojosa, experto internacional en APP.

                    Chicago Press. Chicago, 1968, pp. 55-65.





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