Page 83 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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c) Se prohíbe circular por las Casetas de Contribución por mejoras sin pagar. La contravención de esta
falta conlleva el decomiso del vehículo hasta que pague una multa de:
a. Vehículo liviano Lps. 500.00
b. Equipo Pesado Lps. 1,000.00
d) Se prohíbe la permanencia de personal no autorizado en las casetas de Contribución por Mejoras
existentes.
e) Se prohíbe la crueldad animal en animales de tipo doméstico que sean utilizados como mascotas, el
propietario que contravenga esta disposición será sancionado con una multa de L5, 000.00 la
primera vez y en caso de reincidencia L10, 000.00. Esta misma sanción aplicará para aquellas
personas, que no siendo propietarios, ocasionen un daño o muerte a un animal doméstico
perteneciente a otra persona. El Departamento Municipal de Justicia será el encargado de velar por
el cumplimiento de esta disposición.
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