Page 83 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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c)  Se prohíbe circular por las Casetas de Contribución por mejoras sin pagar.  La contravención de esta
               falta conlleva el decomiso del vehículo hasta que pague una multa de:
                   a.  Vehículo liviano  Lps.    500.00
                   b.  Equipo Pesado    Lps. 1,000.00

            d)  Se prohíbe la permanencia de personal no autorizado en las casetas de Contribución  por Mejoras
               existentes.
            e)  Se prohíbe la crueldad animal en animales de tipo doméstico que sean utilizados como mascotas, el
               propietario  que  contravenga  esta  disposición  será  sancionado  con  una  multa  de  L5,  000.00  la
               primera  vez    y  en  caso  de  reincidencia  L10,  000.00.  Esta  misma  sanción  aplicará  para  aquellas
               personas,  que  no  siendo  propietarios,  ocasionen  un  daño  o  muerte  a  un  animal  doméstico
               perteneciente a otra persona. El Departamento Municipal de Justicia será el encargado de velar por
               el cumplimiento de esta disposición.

































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