Page 88 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 88
Las aguas que incumplan uno o más parámetros de 50,000.00
diferentes grupos de las normas de calidad para las
descargas de aguas residuales que no incluyan los
parámetros de los grupos D, E y G
Las aguas que incumplan uno o más parámetros de 600,000.00
diferentes grupos de las normas de calidad para las
descargas de aguas residuales que si incluyan los
parámetros de los grupos D, E y G
La cancelación inmediata de la descarga es obligatoria así como la implementación de las medidas
correctivas y de remedición que sean aplicables.
3. Las descargas o fugas de agua residuales del tipo domésticas serán multadas con una suma L.
1,000.00 si es vivienda y establecimientos de comida pequeños, L. 3,000.00 establecimientos
comerciales, L. 5,000.00 si son establecimientos de comida grandes (restaurantes) y L. 10,000.00 si son
empresas o industrias teniendo que proceder de inmediato a la eliminación de la descarga o fuga.
4. En caso de descargas de aguas residuales no autorizadas que contengan contaminantes peligros en
cuerpos receptores y que no cumplan con la Normas Técnicas para las descargas de aguas
residuales a cuerpos receptores y alcantarillado sanitario se aplicara una multa de hasta L.
600,000.00.
5. Se prohíbe la descarga de aguas residuales tratadas sin autorización sobre cuerpos receptores,
solamente podrá efectuarse con permiso del Departamento Municipal Ambiental en los sitios que
esta autorice, siempre que los efluentes tratados cumplan con los parámetros de calidad que exige
la norma técnica para las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores vigentes. El
incumplimiento a esta disposición dará lugar a una multa de L. 20,000.00
6. Se prohíbe la descarga o vertido de residuos líquidos sobre cuerpos receptores. El incumplimiento a
esta disposición dará lugar a una multa de L. 20,000.00 si es residuo no peligroso y L. 100,000.00 en
caso de que sea un residuo peligroso.
7. La descarga de aguas residuales tratadas que cuenten con permiso de descarga vigente pero que
no cumpla con la calidad establecida en la norma técnica el usuario será sancionado de acuerdo
con los criterios establecidos en la tabla descrita en éste mismo artículo en su numeral 2.
Comprobado el hecho y establecida la multa el Departamento Municipal Ambiental ordenara la
suspensión temporal de la descarga hacia el cuerpo receptor, en los casos calificados de acuerdo a
evaluación técnica previa, termino dentro del cual la persona natural o jurídica deberá someter a
revisión inmediata el proceso de tratamiento de aguas hasta que se cumpla con las especificaciones
establecidas en la norma técnica de la descarga de aguas residuales a cuerpos receptores y
alcantarillado sanitario. En caso de reincidencia se procederá a la clausura definitiva de la descarga al
cuerpo receptor.
~ 88 ~