Page 16 - JURISPRUDENCIA FIRME 247
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JURISPRUDENCIA FIR-
                                                                                  por caso urgente no puede ser
           DETENCIÓN POR CASO URGENTE DESPUÉS                                     emitido para pretender justificar
                                                                                  en  retrospectiva  detenciones
           DE QUE EL INDICIADO DA SU DECLARACIÓN                                  que materialmente ya estaban
                                                                                  ejecutadas con motivo de una
                                                                                  orden  de  búsqueda,  localiza-
                                                                                  ción y presentación, pues en tal
                ETENCIÓN  POR  CASO           de la orden es lograr la compa-     supuesto la detención material
           DURGENTE. EL MINISTE-              recencia voluntaria del indiciado   del indiciado no habría tenido
           RIO  PÚBLICO  PUEDE  DE-           para que declare si así lo estima   como fundamento la orden de
           CRETARLA,  UNA  VEZ  QUE           oportuno, y una vez que termina     caso  urgente,  sino  la  de  pre-
           EL  INDICIADO  RINDA  SU           la  diligencia  se  reincorpore  a   sentación, lo que se traduciría
           DECLARACIÓN MINISTERIAL            sus actividades cotidianas, por     en una detención arbitraria al no
           Y  CONCLUYA  LA  DILIGEN-          tanto, no tiene el alcance de una   corresponder a las constitucio-
           CIA, A LA QUE DE MANERA            detención al no participar de las   nalmente admisibles.
           VOLUNTARIA ASISTIÓ, CON            figuras definidas constitucional-         Contradicción de tesis 312/2016.
                                                                                        Entre las sustentadas por el Tercer
           MOTIVO DE UNA ORDEN DE             mente. En esa lógica, no existe           Tribunal  Colegiado  en  Materia
           BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN             impedimento  alguno  para  que            Penal del Tercer Circuito y el enton-
           Y PRESENTACIÓN. El artículo        el órgano investigador esté en            ces Cuarto Tribunal Colegiado del
           16 de la Constitución Política de   aptitud de ordenar la detención          Vigésimo Circuito, actual Tribunal
                                                                                        Colegiado en Materia de Trabajo
           los Estados Unidos Mexicanos       por caso urgente del indiciado,           del Vigésimo Circuito. 31 de mayo
           establece  un  régimen  gene-      al advertir de la diligencia origi-       de  2017.  La  votación  se  dividió
           ral de libertades a favor de la    nada por el diverso mandato de            en dos partes: mayoría de cuatro
                                                                                        votos  por  la  competencia.  Disi-
           persona, entre las que se en-      búsqueda,  localización  y  pre-          dente: José Ramón Cossío Díaz.
           cuentra el derecho a la libertad   sentación, particularmente de la          Unanimidad de cinco votos de los
           personal. Dicho precepto prevé     declaración, evidencia respecto           Ministros Arturo Zaldívar Lelo de
                                                                                        Larrea, quien reservó su derecho
           de forma limitativa los supues-    de su probable responsabilidad            para  formular  voto  concurrente,
           tos  en  que  el  Estado  puede    penal, y se cumplan de manera             José Ramón Cossío Díaz, quien
           generar  afectaciones  válidas     concurrente los requisitos gené-          reservó su derecho para formular
           a esta prerrogativa y bajo qué     ricos previstos en el artículo 16         voto  concurrente,  Jorge  Mario
                                                                                        Pardo Rebolledo, quien reservó su
           condiciones, tal es el caso de la   constitucional, a saber, se trate        derecho para formular voto concu-
           orden de aprehensión, la deten-    de un delito grave, exista riesgo         rrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
           ción en flagrancia y el caso ur-   fundado de que el inculpado se            y Norma Lucía Piña Hernández, en
                                                                                        cuanto al fondo. Ponente: Norma
           gente. Ahora bien, la detención    fugue y por razones extraordi-            Lucía Piña Hernández. Secretario:
           por caso urgente impone una        narias no sea posible el control          Suleiman Meraz Ortiz.
           serie  de  condicionantes  que     judicial previo, con la salvedad          Tesis  y/o  criterios  contendien-
                                                                                        tes:  El Tercer Tribunal  Colegia-
           requieren la intervención inme-    de que la orden de detención se           do  en  Materia  Penal  del Tercer
           diata y jurídicamente justificada   emita con posterioridad a que            Circuito,  al  resolver  el  juicio  de
           por parte del Ministerio Público,   haya finalizado la diligencia ori-       amparo  directo  2/2016,  resolvió
           pues se parte de la base de la     ginada por la orden de presenta-          que no resulta ilegal la detención
                                                                                        del procesado que acudió ante el
           excepcionalidad  de  la  orden     ción. En caso de que no se rinda          agente  del  Ministerio  Público  de
           de detención judicial, motivada    declaración  o  aun  rindiéndola          la Federación en calidad de pre-
           fundamentalmente por un ries-      no se aporten datos novedosos             sentado en cumplimiento de una
                                                                                        orden de búsqueda, localización y
           go  inminente  de  sustracción     a la investigación, el Ministerio         presentación.
           del inculpado. Por otra parte,     Público no podrá decretar la de-          El  entonces  Cuarto  Tribunal
           la orden de búsqueda, locali-      tención por caso urgente, porque          Colegiado del Vigésimo Circui-
                                                                                        to,  actual Tribunal  Colegiado  en
           zación y presentación, participa   no estará en aptitud de acreditar         Materia de Trabajo del Vigésimo
           de  las  actuaciones  con  que     la probable responsabilidad del           Circuito,  al  resolver  los  juicios
           cuenta el representante social     indiciado y, por ende, la urgencia        de  amparos  directos  1082/2014,
           para recabar los datos que le      en su detención, toda vez que di-         911/2014 y 979/2014, sostuvo la
                                                                                        tesis aislada XX.4o.2 P (10a.), de
           permitan resolver sobre la pro-    cha orden excedería los efectos           título  y  subtítulo:  «DETENCIÓN
           bable existencia de conductas      jurídicos de la diversa de presen-        ILEGAL.  LO  ES AQUELLA  QUE
           sancionadas por la norma pe-       tación, lo que produciría injusti-        NO SE LLEVÓ A CABO BAJO LOS
                                                                                        SUPUESTOS  DE  FLAGRANCIA
           nal, conforme a sus facultades     ficadamente la privación de la            O CASO URGENTE, SINO CON
           y obligaciones previstas en el     libertad del presentado, ya que           MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO A
           artículo 21 de la Constitución     el  mandamiento  de  detención            UNA ORDEN DE LOCALIZACIÓN
                                                                                        Y PRESENTACIÓN MINISTERIAL
           Federal; en ese tenor, el objeto
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