Page 26 - JURISPRUDENCIA CIVIL MERCANTIL PENAL No. 197
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Aldape. 22 de febrero de 2017. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar  actúa la persona jurídica se
                        Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo,   encuentran  ligadas  a  ésta
                        quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía
                        Piña Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Mónica   y  deben  coadyuvar  en  el
                        Cacho Maldonado.                                              cumplimiento de las cargas
                        Esta tesis se publicó el viernes 01 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas   que le corresponden; en todo
                        en el Semanario Judicial de la Federación.
                        Décima Época.- Registro: 2015725.- Instancia: Primera Sala.- Tesis: Aisla-  caso, la persona jurídica está
                        da.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 01  en  posibilidad  de  acudir  a
               Honorarios  Persona jurídica: Honorarios                               procesales  para  lograr  la
                                                                                      los  instrumentos  probato-
                        de diciembre de 2017.- Tesis: 1a. CCXXXIII/2017 (10a.)
                                                                                      rios previstos en las leyes
                                                                                      exhibición de los títulos pro-
                        por servicios profesionales
                                                                                      fesionales correspondientes,
                                                                                      como los medios preparato-
                                                                                      rios a juicio, o el ofrecimiento
                            ONORARIOS  POR  acción de pago de honora-
                                                                                      otras personas.
                        HSERVICIOS  PROFE- rios o contraprestación a los
                                                                                           Amparo  directo  en  revisión
                        SIONALES. EL ARTÍCULO  servicios profesionales, no            de documentos en poder de
                                                                                           5733/2015.  Desarrollo  del
                        2608 DEL CÓDIGO CIVIL  solamente la existencia del                 Factor Patrimonial, S.C. 13 de
                        PARA  EL  DISTRITO  FE- contrato y la prestación de                julio de 2016. Cinco votos de
                                                                                           los Ministros Arturo Zaldívar
                        DERAL ES APLICABLE A  los servicios, sino también                  Lelo de Larrea, José Ramón
                        LAS PERSONAS JURÍDI- que los sujetos o personas                    Cossío  Díaz,  Jorge  Mario
                        CAS QUE FUNGEN COMO  físicas a través de las cuales                Pardo Rebolledo, Norma Lu-
                        PROFESIONISTA  EN  UN  se  prestaron  los  servicios               cía Piña Hernández y Alfredo
                                                                                           Gutiérrez Ortiz Mena. Ponen-
                        CONTRATO DE PRESTA- sí cuentan con el título co-                   te: José Ramón Cossío Díaz.
                        CIÓN DE SERVICIOS. De  rrespondiente  exigido  por                 Secretaria:  Mónica  Cacho
                        acuerdo  con  el  precepto  ley. Carga que no es difícil           Maldonado.
                                                                                           Esta tesis se publicó el viernes
                        mencionado, no tienen de- o imposible de cumplir, ya               01 de diciembre de 2017 a las
                        recho de cobrar retribución  que supone una selección o            10:13 horas en el Semanario
                        por  los  servicios  profesio- comprobación previa por la          Judicial de la Federación.
                                                                                           Décima  Época.-  Registro:
                        nales  prestados  quienes  sociedad, de que los sujetos            2015728.- Instancia: Primera
                        carezcan de título en la pro- contratados  cumplen  los            Sala.- Tesis: Aislada.- Fuente:
                        fesión para cuyo ejercicio la  requisitos correspondientes,        Semanario Judicial de la Fede-
                        ley exija título. Y si bien es  además de que las personas         ración.- Publicación:  viernes
                                                                                           01  de  diciembre  de  2017.-
                        cierto que sólo las personas  físicas a través de las cuales       Tesis: 1a. CCXXX/2017 (10a.)
                        físicas son susceptibles de
                        se entiende que cuando el  Si no presenta título no se
                        obtener un título profesional,

                        contrato  de  prestación  de    pueden cobrar honorarios
                        servicios  profesionales  es
                        celebrado por una persona
                        jurídica  como  profesor  o                   ONORARIOS POR SERVICIOS PROFE-
                        profesionista,  la  presta-              HSIONALES.  EL ARTÍCULO  2608  DEL
                        ción del servicio se ejecuta             CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL,
                        materialmente a través de                APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO,
                        personas físicas, sean los               NO  VULNERA  EL ARTÍCULO  5o.  DE  LA
                        socios o sujetos empleados               CONSTITUCIÓN. El precepto legal citado, al
                        por la sociedad para cumplir             establecer que no tendrán derecho de cobrar
                        su objeto, o ambos, quienes              retribución por los servicios profesionales pres-
                        deben contar con el título co-           tados quienes carezcan de título en la profesión
                        rrespondiente a la profesión             para cuyo ejercicio la ley exija título, no vulnera
                        para la cual se exige ese do-            los derechos de libertad de trabajo, el de la
                        cumento. Por tanto, también              justa retribución ni el de no verse privado del
                        las personas morales deben               producto del trabajo, establecidos en el artículo
                        demostrar,  al  promover  la             5o. de la Constitución Política de los Estados
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