Page 214 - Pacto de silencio
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su explicación debe buscarse en un aviso de la Interpol recibido en España en marzo
                 de 1981. La concreta elección del aceite de colza también pudo ser establecida de esta
                 forma falaz, la presencia del aceite de colza desnaturalizado con anilina para usos
                 industriales  como  el  "elemento  común"  inexistente  en  la  realidad  de  los  aceites
                 sospechosos y servirá a su vez para presumir la existencia del tóxico sin necesidad
                 inmediata de su localización. Al menos de cara a la opinión pública, la sola mención
                 de su uso industrial es suficiente para asociarlo a unos potenciales efectos dañinos.
                 Máxime  si  se  desconoce  que  se  trata  de  un  aceite  comestible  al  que  la  adición  de
                 anilina  no  añade  característica  técnica  alguna,  ni  lo  "envenena"  para  hacerlo
                 incomestible. Sólo tiene la simple función de un marcador que impida su desvío al
                 consumo  de  boca  para,  evitar  una  competencia  a  la  producción  nacional.  Por  esta
                 razón  los  informes  analíticos  iniciales  omitían  toda  determinación  cualitativa  y
                 cuantitativa  limitándose  a  expresar  positivo  o  negativo  respecto  a  la  presencia  de
                 aminas aromáticas.
                 Esta trama, elemental fue suficiente para desatar la campaña publicitaria y asentar
                 por lo menos o nivel popular la creencia de que el aceite de colza fue el responsable
                 de  la  Intoxicación.  Sin  embargo  era  preciso  dotar  a  la  hipótesis  de  una
                 argumentación aparentemente científica. Este apoyo lo dispensó fundamentalmente
                 la  investigación  epidemiológica  Investigación  que  podía  admitir  una  manipulación
                 sin ser descubierta de inmediato, y, sobre todo, la que condicionarla el resto de la
                 investigación. De todas formas debe destacarse que aún así, sólo fue posible asociarlo
                 con un aceite definido como el contenido en garrafas de plástico de cinco litros sin
                 marca de venta ambulante. Nunca, de colza. La Investigación toxicológica, química y
                 bioexperimental  quedaba  circunscrita  exclusiva  e  indefinidamente  dentro  de  los
                 límites fiados por los resultados de la investigación epidemiológica: el aceite. A pesar
                 de los constantes resultados negativos, el investigador oficial justificará su quehacer,
                 o, garantizará su irresponsabilidad, en los antecedentes epidemiológicos.
                 Desde los momentos iniciales recibió también la cobertura de la investigación clínica,
                 condicionando los diagnósticos (criterios mayores: consumo de aceite), ocultando o
                 retrasando  el  reconocimiento  de  síntomas  de  la  enfermedad,  y  manipulando
                 resultados analíticos (niveles de colinesterasa).
                 Paralelamente,  la  Administración,  impidió  el  desarrollo  de  hipótesis  alternativas
                 vahándose  de  todo  tipo  de  medios,  incluidos  la  ocultación  y  falsificación  de  todos
                 aquellos datos que exigían la apertura de nuevas lineas de investigación.



                 MANIPULACIONES Y FALSEDADES DE LA INVESTIGACIÓN EPIDEMIOLÓGICA.

                 El  apoyo  epidemiológico  fue  prestado  a  través  de  un  estudio  sobre  la  curva  de
                 incidencia de la enfermedad y varios estudios de caso-control.
                 La curva de incidencia fue elaborada utilizando cuantos artefactos fueron necesarios
                 para hacer coincidir el descenso de la enfermedad con la fecha del anuncio, a través
                 de los medios de difusión, del papel etiológico del aceite. La curva confeccionada con
                 los datos reales denuda que el descenso de la enfermedad ocurre quince días antes
                 del referido anuncio y por supuesto mucho antes (más de un mes) de la retirada del
                 aceite.
                 Los  estudios  caso-control  han  pretendido  establecer  una  asociación  altamente
                 significativa, a nivel familiar e individual, entre el consumo de un aceite clandestino
                 y  el  riesgo  de  enfermedad:  una  relación  directa  significativa  entre  la  cantidad  de
                 aceite  estimada  de  consumo  individual  y  la  tasa  de  ataque  de  la  enfermedad,  y,
                 ademéis, una mayor incidencia, en las familias afectadas, en el caso de consumo de
                 aceite crudo.
                 Sin entrar en la validez de los datos manejados, nos encontramos con que son falsas
                 las afirmaciones de que se hayan detectado una asociación a nivel individual, una
                 relación entre cantidad de aceite consumido y enfermedad (dosis-respuesta) y una
                 mayor incidencia en los casos de consumo de aceite crudo.
                 La  asociación  no  pasa  del  nivel  familiar.  Sin  embargo,  este  resultado  se  proyecta



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