Page 25 - Chávez integradora
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Zona  complementaria:  Se  encuentra  el  área  de  plonge  (lugar  donde  se

                         limpia  y  se  conserva  la  batería  de  cocina),  lavado  de  vajilla  y  zona  de
                         emplatado.


                  Los requisitos que debe reunir una cocina son:

                  Posibilidad de ampliación: La mayoría de los restaurantes al iniciar proyectan sus

                  cocinas en dimensiones más grandes a las que necesitan en caso de un aumento
                  de servicios diarios solo que cuando se valoró este punto nos dimos cuenta de que

                  el establecimiento no cuenta con dicha posibilidad.


                  Claridad natural y luz artificial correcta: Lo idóneo es la luz natural pero al estar
                  situada en lo último del restaurant se aconseja tener luz artificial que de manera

                  normal son sea fuerte porque esta hace que se pierda la visibilidad de los alimentos
                  y transforma el color propio de los alimentos, por lo que se valora focos instalados

                  en cantidad y potencias suficientes.

                  Ventilación: Debido a que los alimentos que se preparan genera gran cantidad de

                  gases y vapores por ello tiene la necesidad de renovar el aire con el que cuenta y

                  provocar  artificialmente  la  salida  de  gases  calientes  que  tienden  a  acumularse,
                  como el establecimiento no dispone de las suficientes salidas de estos gases de

                  forma natural, es necesario instalar medio mecánicos para la salida de estos por lo

                  que se habría que verificar que cuente con campanas extractoras que aspiran los
                  humos y renuevan el aire.


                  Agua potable: el establecimiento debe disponer de un servicio de agua potable
                  abundante, con instalaciones apropiadas para su almacenamiento y distribución.

                  Con materiales impermeables, no corrosivos ni toxicas, de tal forma que no puedan
                  trasmitir al agua olores, sabores o sustancia toxicas y deberán ser revisadas de

                  forma periódica.


                  Para el lavado de alimentos o como ingrediente de los mismos, para la limpieza de
                  equipos, superficies y utensilios, para la higiene personal. No se usarán envases de

                  agua potable como contenedores de productos químicos que puedan confundir a
                  los usuarios y provocar intoxicaciones accidentales.





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