Page 188 - Lara Peinado, Federico - Los etruscos. Pórtico de la historia de Roma
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El  gobierno  de  la  familia,  según
                                              R. A. Staccioli, era prerrogativa del pater­
                                             familias y la descendencia de los hijos era
                                              patrilineal. La mujer, con el matrimonio,
                                              entraba a formar parte  de la familia del
                                              marido, en cuyo contexto gozaba de una
                                              posición de particular dignidad y respeto
                                              y  de  una  relativa  autonomía,  revelada
                                              por  la  conservación  de  su  nombre  de
                                              origen y la mención del mismo junto al
                                              del marido en la fórmula onomástica de
                                              los hijos (patronímico y matronímico).
                                                 Completaban  la  familia  los  hijos
                                              (clan) e hijas (see); en no pocas ocasiones
                                              estaban  incorporados  a  ella  los  abuelos
                                              (ati nacna — abuela; papa =  abuelo), los
                                              nietos (nefts) y, por supuesto, los esclavos
                                              (lethej y aun los libertos (lautni), cuyo nú­
                                              mero dependió de la riqueza de sus due­
                                              ños  y  de  las  contingencias  histórico-so-
                                              ciales.
                                                 Habida cuenta de que la duración de
            Espejo con escena familiar. (Ny Carlsberg
                 Glyptotek, Copenhague.)      la vida del etrusco, según los Libri fatales,
                                              Varrón y Censorino, escritor romano del
                                              siglo ni de nuestra era, se cifraba en doce
         hebdómadas (12 x 7 =  84 años), se ha sostenido que finalizada la segunda hebdóma­
         da, esto es, a los catorce años, tendría lugar el paso del niño a la mayoría de edad,
         momento en que adquiriría la plena capacidad militar y política —quizá no la jurí­
         dica—, pasando así a integrarse en la vida pública, como evidencia la inscripción del
         joven  VelZimarus (TLE,  907; ET, Ve  1.56),  quien ya a los catorce años había sido
         designado zilath eterav en Vulci.



         La filiación personal


            Los hijos e hijas tomaban su gentilicio o nomen de los padres, esto es, lo que para
         nosotros hoy en día es el «apellido», al que anteponían su nombre personal (praeno­
         men) y le posponían un cognomen o sobrenombre. Muchos de los gentilicios etruscos,
         como  ha señalado M. Torelli,  se  crearon a partir de  la  onomástica  divina.  De  este
         modo,  Cilnei derivó de  Cilen,  Velchas de  Velch(a),  Tivs de  Tiv,  Uselnas de  Usil, Nurtisen
         de Nurtia, Pethnas de Peth(a)n,  Calunei de  Calu,  Unas de  Uni,  Turmnas de  Turms, y así
         sucesivamente. También, por supuesto, de una derivación patronímica (Marcena de
         Maree) o étnica (Velthrite de Velathri).
            Junto a estos datos de filiación, que testimonian una clara individualidad jurídi­
         ca singular, solían añadir en primer lugar el patronímico o nombre personal del pa­
         dre y a  continuación  el matronímico,  el  de  la madre.  A veces,  aparecía incluso  el
         nombre de la abuela. Debe advertirse que las inscripciones griegas y las latinas (salvo


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