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FORMAS COMUNES DE
TENER UN TÍTULO EN
CALIFORNIA
Las personas pueden tener un título de propiedades inmuebles en California, ya sea con
una titularidad única o una cotitularidad. Una cotitularidad de propiedades inmuebles
tiene lugar cuando dos o más personas poseen un título. Hay muchas variaciones de
cómo se puede tener un título en cada tipo de titularidad. Los siguientes resúmenes
breves hacen referencia a algunos de los ejemplos más comunes de cada uno según la
Asociación de Títulos de Terrenos de California (CLTA, por sus siglas en inglés).
TITULARIDAD ÚNICA
La titularidad única se puede describir como una titularidad de una persona o de otra entidad capaz de
adquirir un título. Algunos ejemplos de casos de conferimiento de titularidad única son:
1. Un hombre o una mujer que viven solos, un hombre o una mujer solteros, o un viudo o una viuda:
Un hombre o una mujer que no esté casado legalmente, o que no tenga una pareja conviviente. Por
ejemplo: Bruce Buyer, un hombre que vive solo.
2. Un hombre o una mujer casados con su titularidad única e individual:
Un hombre o una mujer que desea adquirir una titularidad a su nombre y por su cuenta. La aseguradora de
títulos pedirá al cónyuge del hombre o de la mujer que adquiere el título que renuncie o ceda a su derecho,
título e interés en esa propiedad. Esto establece que ambos cónyuges desean que el título de la propiedad
se otorgue a uno de los integrantes del matrimonio como propiedad única e individual de esa persona. La
misma regla se aplicará a las parejas del mismo sexo. Por ejemplo: Bruce Buyer, casado con un hombre, y
su propiedad única e individual.
3. Una pareja conviviente con una propiedad única e indiviudal:
Una pareja conviviente que desea adquirir un título solo a nombre de uno de los integrantes. La
aseguradora de títulos requerirá que la pareja conviviente de la persona que adquiere el título renuncie
o ceda específicamente su derecho, título e interés en la propiedad. Esto establece que ambas partes de
la pareja conviviente desean que el título de la propiedad se otorgue a un integrante de la pareja como
propiedad única e individual de ese integrante. Por ejemplo: Bruce Buyer, un integrante de una pareja
conviviente registrada y su propiedad única e individual.
COTITULARIDAD
El título de la propiedad de dos o más personas se puede conferir de las siguientes formas:
1. Propiedad mancomunada:
Una forma de conferir títulos de una propiedad que pertenece a personas casadas o parejas convivientes
en conjunto. Una propiedad mancomunada se distingue de la propiedad individual, que es una propiedad
adquirida antes del matrimonio o antes de una pareja conviviente por una donación individual o una
herencia, después de una separación legal o lo que se haya acordado por escrito que deba ser propiedad
de uno de los cónyuges o de un integrante de la pareja conviviente.
En California, las propiedades inmuebles transferidas a una persona casada o a un integrante de una pareja
conviviente se presumen como propiedades mancomunadas a menos que se establezca lo contrario
(es decir, una propiedad adquirida como una propiedad individual por una donación, una herencia o
un acuerdo). Como todas esas propiedades pertenecen a ambas partes de la misma forma, estas deben
firmar todos los acuerdos y documentos que transfieren la propiedad o utilizarla como garantía para
un préstamo. Cada propietario tiene el derecho de disponer su mitad de la propiedad mancomunada
por testamento. Por ejemplo: Bruce Buyer y Barbara Buyer, marido y mujer, tienen una propiedad
mancomunada, o Sally Smith y Jane Smith, son una pareja conviviente registrada con una propiedad
mancomunada. Otro ejemplo para las parejas del mismo sexo: Sally Smith y Jane Smith, que están casadas,
tienen una propiedad mancomunada.
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