Page 293 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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mediante una labor consciente de todos los elementos adecuados, la reforma de la vida
jurídica alemana, bajo el signo de la ideología nacionalsocialista. Conforme a estas
instrucciones, los miembros numerarios se clasifican en tres grupos:
1º. El Senado honorario; 2º. La Sección de disposición legislativa; 3º. La Sección de
investigación jurídica.
La atribución de los miembros a cualesquiera de estas secciones o grupos es
determinada por el presidente. Al grupo segundo pertenecen las comisiones existentes y
que deban formarse en lo sucesivo. El grupo tercero se subdivide en las tres secciones
siguientes:
1º. Investigaciones sobre Historia y cuestiones fundamentales de Derecho (Historia y
Filosofía de Derecho).
2º. Investigaciones sobre Derecho nacional y del pueblo alemán. Esta sección abarca: El
Derecho público, administrativo, canónico, internacional, penal y sus procedimientos, el
derecho de menores, y también, el derecho del trabajo y de transportes.
3º. Investigaciones sobre la vida jurídica alemana. Esta sección comprende: El Derecho
civil, comercial, trabajo intelectual, administración de derecho civil y de ciencias
económicas.
Cada Sección tiene un secretario que dirige los trabajos de organización y científicos
corrientes. El secretario está a disposición de los presidentes de las comisiones para
cualquier clase de consultas, proposiciones etc. que le presenten, y sobre todo debe
mantener una estrecha colaboración con los secretarios de las otras secciones y con los
miembros del segundo grupo. Además, cada grupo dispone de asesores técnicos y
auxiliares, a los cuales incumbe la administración y colaboración científica en cada uno
de los grupos y secciones, así como la clasificación y estudio del material de trabajo que
llega a la Academia, y la resolución sobre informes y consultas de importancia.
El trabajo más importante lo forma la innumerable serie de consultas, mociones,
reclamaciones y críticos del público que es necesario verificar, despachar y muchas
veces estudiar científicamente. Entre una multitud de proposiciones banales y de
absoluta inutilidad legislativa, se encuentran a veces ideas dignas de ser tomadas en
consideración cuyo estudio pasa a las comisiones competentes. Un problema
especialmente difícil pero fructífero, lo constituye el aprovechamiento sistemático del
material, actualmente ya bastante abundante, de que disponen las comisiones de trabajo.
Estas comisiones, compuestas de unos 50 miembros, son las que llevan el peso de la
labor de la Academia y hacen sobre todo una obra práctica, dejando en segundo término
las cuestiones abstractas. Se componen de técnicos competentes en cada uno de los
ramos del Derecho y se ha previsto de que cada grupo profesional tenga la oportunidad
de manifestar su opinión respectiva. La Economía, que hasta ahora había sido
considerada nada más que materia tolerada, ahora ha sido llamada a defender
eficientemente sus intereses por mediación de las comisiones correspondientes.
Para prevenir el peligro de considerar las cosas desde un punto de vista unilateral, la
Academia estima que no sólo debe dedicarse a la legislación interior, sino que debe
prestar la necesaria atención a las reformas del Derecho en los países extranjeros. Para
ello existen las secciones exteriores, que son un complemento necesario de las secciones
jurídicas. Su cometido es el cuidado de las relaciones con las universidades e institutos
jurídicos el extranjero. En breve tiempo que lleva de existencia ha conseguido rendir un
trabajo valioso en favor de la estimación del Derecho alemán y de ganar amistades y la
simpatía de personas interesadas en la obra constructiva del nacionalsocialismo. Por de
pronto se ha logrado un activo cambio de publicaciones con el extranjero y se ha
asegurado la colocación de sabios de otros países en los trabajos de la Academia. En
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