Page 66 - Primer libro VIM
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hecho en el modelo social –corrobora Rosita- se reconoce la extensión de las personas que experimentan
una situación de discapacidad, implicando la necesidad de que la sociedad haga ajustes para que se eviten
los mecanismos excluyentes -al parecer, Rosita Edler, por fin abre espacio a la discapacidad emocional y a
la posibilidad de asumirla con responsabilidad, por quienes la vivimos-.
En 2001, la OMS revisó la citada Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías
(CIDDM), para adecuarla a la lógica del modelo social. De esa revisión surge la Clasificación Internacional
del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, conocida como CIF. Ésta se basa en una integración
del modelo médico y el modelo social, adoptando un planteamiento biopsicosocial que busca una visión
coherente de las diversas manifestaciones de la salud, con énfasis en la perspectiva social.
La propia CIF aclara en su exposición de motivos que “no es en forma alguna una clasificación de personas.
Es una clasificación de las características de salud de las personas en el contexto de las situaciones de
vida individuales y de los impactos ambientales. La interacción de las características de salud con los
factores contextuales es lo que produce la discapacidad”. Rosita Edler ya nos alertaba a lo largo de su muy
enriquecedor artículo, del cuidado que hay que tener con este tipo de aclaraciones, que en teoría pueden
sonar prometedoras, pero en la práctica ir acompañadas de innumerables prejuicios y proyecciones de
quienes aplican dichas clasificaciones (muy probablemente –decimos nosotros-, producto de sus muy
particulares discapacidades emocionales).
Necesidad de modelos integrales, centrados en la PCD: su anhelo de plenitud y
proyectos de vida
Después de recorrer con Rosita Edler, los dos modelos que existen en el mundo para la comprensión de la
discapacidad; y, la experiencia que hemos adquirido en VIM a lo largo de dos décadas, caemos en la cuenta
de que ambos modelos en cierto modo comparten el mismo problema: no terminan de enfocarse en la
persona con discapacidad. Paradójicamente, la excluyen de una u otra manera:
El modelo médico, está tan preocupado por conocer y profundizar en las distintas enfermedades, sus
implicaciones y complicaciones, que no tiene tiempo de mirar a la persona. Se ha especializado demasiado
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en uno solo de sus aspectos: la salud .
El modelo social, por su parte, está tan enfocado en demostrar que la persona con discapacidad vive en
ambiente inadecuado, que le hace experimentar en todas partes -más o menos intensamente- una serie
de desventajas, que tampoco tiene tiempo de mirar a la persona. Se ha especializado demasiado en su
entorno.
29 Convención DPD: Artículo 25 Salud.- Los Estados Partes reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel
posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso
de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación relacionada con
la salud. En particular, los Estados Partes; a) Proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a
precios asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, y programas
de salud pública dirigidos a la población; b) Proporcionarán los servicios de salud que necesiten las personas con discapacidad específicamente
como consecuencia de su discapacidad, incluidas la pronta detección e intervención, cuando proceda, y servicios destinados a prevenir y reducir al
máximo la aparición de nuevas discapacidades, incluidos los niños y las niñas y las personas mayores; e) Proporcionarán esos servicios 10 más cerca
posible de las comunidades de las personas con discapacidad, incluso en las zonas rurales; d) Exigirán a los profesionales de la salud que presten
a las personas con discapacidad atención de la misma calidad que a las demás personas sobre la base de un consentimiento libre e informado,
entre otras formas mediante la sensibilización respecto de los derechos humanos, la dignidad, la autonomía y las necesidades de las personas
con discapacidad a través de la capacitación y la promulgación de normas éticas para la atención de la salud en los ámbitos público y privado; e)
Prohibirán la discriminación contra las personas con discapacidad en la prestación de seguros de salud y de vida cuando éstos estén permitidos en la
legislación nacional, y velarán por que esos seguros se presten de manera justa y razonable; Impedirán que se nieguen, de manera discriminatoria,
servicios de salud o de atención de la salud o alimentos sólidos o líquidos por motivos de discapacidad. Modelo VIM: un estigma que padecen
las PCD es considerarlas incapaces de cuidar su propia salud; nada más erróneo: la discapacidad nos hace conscientes de las necesidades y
cuidados que requiere nuestro cuerpo para estar bien. Nos volvemos expertas de nuestra propia salud.
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