Page 70 - Primer libro VIM
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acudido al nuestro, sabiendo sólo un pequeño porcentaje de lo que en nuestros cursos les enseñamos.
               Nuestra cobertura es significativamente mayor debido principalmente a que nuestros costos son muy
               reducidos y a que primordialmente nos enfocamos a sectores marginados o personas en situación de
               pobreza.

               El problema con estos centros -reconocidos mundialmente- es que difícilmente admiten que su impacto
               sea reducido o que existan áreas de oportunidad en las que su trabajo deba mejorar. Con frecuencia
               argumentan como excusa, la existencia del riesgo; el cual, a su vez está fundamentado en protocolos sin
               sentido, elaborados por personas sin el tipo de discapacidad que pretenden regular o sin experiencia en
               una auténtica vida independiente. Por tanto, son protocolos que no están actualizados con el potencial real
               que una persona con discapacidad motora puede tener; aún teniendo lesiones severas como es el caso de
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               muchos de los que atendemos en VIM .

               Recientemente, recibimos en VIM a un chico que se rehabilitó en uno de esos lugares y no obstante
               haber desembolsado una importante suma de dinero, nos compartió su frustración de que le habían
               entregado -en uno de estos centros-, una silla que le resultó totalmente inútil. En muchos de estos
               lugares, el proceso empeora cuando el centro empieza a refugiarse en una curva de fracaso, que
               sin duda puede resultar atractiva para muchas personas con discapacidad: cedemos a la tentación
               de auto limitarnos a partir de la existencia o defensa de ciertos derechos y empezamos a dejar de
               enfrentar obstáculos.

               Tenemos que ser conscientes de que por muy accesible que pueda llegar a volverse el mundo –y
               creámoslo por favor: estamos en verdad muy pero muy lejos de que esto suceda en los próximos 20
               años-, los obstáculos van a seguir existiendo por doquier. Incluso, hay avances tecnológicos que en
               ocasiones pueden hacernos involucionar: sillas de motor, por ejemplo -cuando no es estrictamente
               necesario utilizarla-, que lejos de rehabilitar generan vicios y una serie de deterioros o complicaciones
               diversas  en  el  cuerpo  de  las  personas;  aún  cuando  al  principio,  experimentan  mucha  comodidad
               después de utilizarlas.


               Origen del Curso de Rehabilitación Vida Independiente México


               El Curso de Integración que hemos descrito en las páginas anteriores, surge de una comparación que se
               planteó Santiago: ¿por qué las demás personas con discapacidad motora no pueden hacer lo que yo hago? 32
               A partir de ahí, Santiago se dedicó a seguir la regla de sobrevivencia que sigue cualquier persona: empezó
               a  identificar  aquéllos  factores  que  le  permitían  hacerlo  a  él,  confrontándolos  con  aquéllos  otros  que
               impedían hacerlo a los demás. Todo esto, aunado al intercambio de saberes con amigos que también lo
               hacían y experiencias de mujeres que tenían un cierto nivel de independencia.

               31 Convención DPD: Artículo 11.- Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias. Los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades
               que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los
               derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de
               riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales. Modelo VIM: La protección frente al riesgo, no
               debe anular el derecho de las PCD a asumir el riesgo de su propia vida –como cualquier ser humano adulto-, con todo lo que implica, incluyendo
               el derecho a equivocarnos, elegir, caer y levantarnos.
               32 Convención DPD: Artículo 24 Educación (2ª. Parte). 1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación.
               Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un
               sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a: a) Desarrollar plenamente el potencial
               humano y el sentido de la dignidad y la auto estima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad
               humana;   b) Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales
               y físicas; e) Hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre. Modelo VIM: nuestro modelo es
               esencialmente educativo; mediante la transferencia de conocimientos entre pares y el acompañamiento de especialistas. Algunas Universidades
               y otros actores sociales han mostrado interés en nuestra metodología.
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