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ICAP ARGDEBRA

               Las condiciones para poder ejercer un consentimiento informado son:

               ‒  Poseer información suficiente.
               ‒  Tener capacidad o competencia.
               ‒  Ejercer la voluntariedad sin ningún tipo de coerción.

               Al paciente le es imprescindible tener una información adecuada que le permita asumir una
               decisión y esto implica no solo la necesidad de trasmitir elementos sobre la enfermedad de
               forma clara y entendible, sino además veraz. Comienzan entonces las disquisiciones de orden
               torcido sobre ¿qué debe saber el paciente?, ¿qué verdad y qué paciente? Si bien ello debe
               constituir una preocupación de todo médico de asistencia y ante cualquier circunstancia, esto
               se  vuelve  más  complejo  y  difícil  de  decidir  cuando  lo  que  hay  que  trasmitirle  al  enfermo
               encierra un pronóstico sombrío o una sentencia de muerte. La primera precaución que debe
               tener el médico que atiende a un paciente en estas condiciones, es el indagar qué sabe este
               acerca de su situación.

               El paciente tiene derecho a conocer su diagnóstico y pronóstico, si así lo quiere, o a ignorarlo
               si ese es su deseo. Algunos prefieren dejarlo todo a iniciativas del médico, mientras que otros
               inquieren, pues insisten en manejar la realidad que les acontece y hasta expresan su interés
               de hallarse activamente involucrados en el proceso de morir, y tomar decisiones que pueden
               ser importantes. Para la solución de este problema no existen fórmulas preestablecidas.
               Algunos justifican el “deber de mentir” en medicina, que más que mentir es ocultar la verdad,
               basados en el criterio de que el miedo a la enfermedad mortal y a la muerte es un sentimiento
               humano  universal  y  que  ante  estas  situaciones  tan  sensibles,  es  necesario  desfigurar  la
               verdad, disimularla, mistificarla o crear falsas ilusiones sin lesionar la autoestima del paciente
               ni la dignidad de la profesión médica, que obliga a una conducta intachable.

               En la actualidad algunos médicos consideran que el mentirle a una persona acerca de su
               enfermedad no debe ser aceptado, pues, aunque con muy buena intención, la mentira crea la
               desconfianza del enfermo, tanto en el saber como en el actuar de su médico, ya que aquel,
               grave o de muerte, por lo general suele percatarse de su estado. El evaluar los pensamientos
               y sentimientos de su paciente ayudará al médico a conocer cuándo es preciso mostrarse más
               parco y cauteloso, y en qué ocasiones puede ser más franco.

               Hay que tener en cuenta que en Cuba no se contemplan en la Constitución de la República ni
               en  leyes  o comunicaciones  estatales,  regulaciones  sobre  la  aplicación del  consentimiento
               informado.

               Características de la Bioética

               Como  puede  colegirse  lo  hasta  aquí  planteado,  la  bioética  conforma  un  nuevo  modelo
               intelectual  y  cultural  que  permite  confrontar  el avance  tecnológico  de  la  medicina  con  los
               valores, y tiene como características las siguientes:
               ‒  No sigue ninguna corriente u orientación filosófica particular, ya que los problemas que trata
               pueden ser analizados desde diferentes perspectivas.

               ‒  Su argumentación se hace tomando como base la racionalidad.
               ‒  Está más orientada a prevenir el mal que a promover el bien. Su actitud fundamental está
               dirigida a defender la humanidad, y evitar que valores negativos la agredan con el pretexto de
               defender los avances de la ciencia u otra eventual argumentación.

               ‒  Sus principios son universales.

               Por eso, la Bioética debe ser:

               ‒  Una ética civil secular en la que exista respeto a las creencias morales de todos y derecho
               a la libertad de conciencia.


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