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ICAP ARGDEBRA
Las condiciones para poder ejercer un consentimiento informado son:
‒ Poseer información suficiente.
‒ Tener capacidad o competencia.
‒ Ejercer la voluntariedad sin ningún tipo de coerción.
Al paciente le es imprescindible tener una información adecuada que le permita asumir una
decisión y esto implica no solo la necesidad de trasmitir elementos sobre la enfermedad de
forma clara y entendible, sino además veraz. Comienzan entonces las disquisiciones de orden
torcido sobre ¿qué debe saber el paciente?, ¿qué verdad y qué paciente? Si bien ello debe
constituir una preocupación de todo médico de asistencia y ante cualquier circunstancia, esto
se vuelve más complejo y difícil de decidir cuando lo que hay que trasmitirle al enfermo
encierra un pronóstico sombrío o una sentencia de muerte. La primera precaución que debe
tener el médico que atiende a un paciente en estas condiciones, es el indagar qué sabe este
acerca de su situación.
El paciente tiene derecho a conocer su diagnóstico y pronóstico, si así lo quiere, o a ignorarlo
si ese es su deseo. Algunos prefieren dejarlo todo a iniciativas del médico, mientras que otros
inquieren, pues insisten en manejar la realidad que les acontece y hasta expresan su interés
de hallarse activamente involucrados en el proceso de morir, y tomar decisiones que pueden
ser importantes. Para la solución de este problema no existen fórmulas preestablecidas.
Algunos justifican el “deber de mentir” en medicina, que más que mentir es ocultar la verdad,
basados en el criterio de que el miedo a la enfermedad mortal y a la muerte es un sentimiento
humano universal y que ante estas situaciones tan sensibles, es necesario desfigurar la
verdad, disimularla, mistificarla o crear falsas ilusiones sin lesionar la autoestima del paciente
ni la dignidad de la profesión médica, que obliga a una conducta intachable.
En la actualidad algunos médicos consideran que el mentirle a una persona acerca de su
enfermedad no debe ser aceptado, pues, aunque con muy buena intención, la mentira crea la
desconfianza del enfermo, tanto en el saber como en el actuar de su médico, ya que aquel,
grave o de muerte, por lo general suele percatarse de su estado. El evaluar los pensamientos
y sentimientos de su paciente ayudará al médico a conocer cuándo es preciso mostrarse más
parco y cauteloso, y en qué ocasiones puede ser más franco.
Hay que tener en cuenta que en Cuba no se contemplan en la Constitución de la República ni
en leyes o comunicaciones estatales, regulaciones sobre la aplicación del consentimiento
informado.
Características de la Bioética
Como puede colegirse lo hasta aquí planteado, la bioética conforma un nuevo modelo
intelectual y cultural que permite confrontar el avance tecnológico de la medicina con los
valores, y tiene como características las siguientes:
‒ No sigue ninguna corriente u orientación filosófica particular, ya que los problemas que trata
pueden ser analizados desde diferentes perspectivas.
‒ Su argumentación se hace tomando como base la racionalidad.
‒ Está más orientada a prevenir el mal que a promover el bien. Su actitud fundamental está
dirigida a defender la humanidad, y evitar que valores negativos la agredan con el pretexto de
defender los avances de la ciencia u otra eventual argumentación.
‒ Sus principios son universales.
Por eso, la Bioética debe ser:
‒ Una ética civil secular en la que exista respeto a las creencias morales de todos y derecho
a la libertad de conciencia.
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