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                  b)  emplearlos  para  hacer  cumplir  las  medidas  adoptadas  contra  algunos  individuos  o  la  empresa,
                     salvo en casos de premeditación o desatención deliberada de la seguridad operacional;

                  c)  revelarlos a los medios de información y al público en general de conformidad con las disposiciones
                     de las leyes del Estado sobre el acceso a la información; y

                  d)  revelarlos durante un juicio civil.

                  16.3.41    La  integridad  de  programas  FDA  se  funda  en  la  protección  de  los  datos  FDA.  Toda
              divulgación  para  otros  fines  que  no  sean  la  gestión  de  la  seguridad  operacional  puede  comprometer  la
              provisión voluntaria de datos FDA, con lo que se comprometería la seguridad de vuelo. Por lo tanto, impedir
              el uso indebido de datos FDA es un interés común del Estado, las líneas aéreas y los pilotos.


              Confianza fundamental

                  16.3.42    Al igual que lo que ocurre con los sistemas de notificación de incidentes que son eficaces, la
              confianza establecida entre la administración y sus pilotos es la base del éxito de un programa FDA. Esta
              confianza puede crearse mediante:

                  a)  la  participación desde  el comienzo de la asociación  de  pilotos en el  diseño, la implantación  y el
                     funcionamiento del programa FDA;

                  b)  un acuerdo formal entre la administración y los pilotos que identifique los procedimientos para el
                     uso y la protección de los datos (en el Apéndice 3 de este capítulo figura un ejemplo de acuerdo
                     entre una línea aérea y la tripulación de vuelo); y

                  c)  la seguridad de los datos, optimizada mediante:

                     1)  adhesión a acuerdos estrictos con las asociaciones de pilotos;

                     2)  acceso a los datos estrictamente limitado a determinadas personas de la empresa;

                     3)  mantenimiento de un control estricto para asegurar que los datos de identificación se quiten de
                         los registros de datos de vuelo lo antes posible;

                     4)  seguridad de que la administración trata prontamente los problemas operacionales; y

                     5)  destrucción de todos los datos identificados lo antes posible.

                  16.3.43    El acceso a la información de identificación de la tripulación, durante el seguimiento, debería
              estar limitado a las personas específicamente autorizadas y únicamente para los fines de una investigación.
              Después del análisis, se deberían destruir los datos que permiten la identificación.


              Cultura de seguridad operacional necesaria

                  16.3.44    Los programas FDA eficaces se caracterizan por su administración firme y competente. Los
              indicadores de una cultura de seguridad operacional eficaz comprenden:

                  a)  la dedicación demostrada de la administración superior a la promoción de una cultura de seguridad
                     operacional preventiva, que fomenta la cooperación y la rendición de cuentas en todos los niveles
                     de  la  organización  y  las  asociaciones  de  aviación  pertinentes  (pilotos,  tripulación  de  cabina,
                     mecánicos de mantenimiento, despachadores, etc.);
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