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2-2                                                        Manual de gestión de la seguridad operacional

              planificación y el desarrollo del transporte aéreo. En gran parte, esto se logra elaborando normas y métodos
              recomendados (SARPS), que figuran en los Anexos al Convenio de Chicago y reflejan la mejor experiencia
              operacional de los Estados. Los Procedimientos para los servicios de navegación aérea (PANS) contienen
              prácticas  que  van  más  allá  de  los  SARPS,  en  los  que  es  deseable  cierta  medida  de  uniformidad
              internacional  en  aras  de  la  seguridad  operacional  y  la  eficiencia.  Los  planes  de  navegación  aérea  dan
              detalles de los requisitos para instalaciones y servicios específicos de las regiones de la OACI. En esencia,
              estos documentos definen el marco internacional para promover la seguridad operacional y la eficiencia en
              la aviación.

                  2.1.4    Además  de  este  marco  de  reglamentación,  la  OACI  contribuye  a  la  gestión  de  la  seguridad
              operacional promoviendo las mejores prácticas de seguridad operacional. Más específicamente, la OACI:

                  a)  provee  textos  de  orientación  para  los  Estados  y  explotadores,  que  abarcan  la  mayoría  de  los
                     aspectos de la seguridad operacional de la aviación (entre ellos, operaciones de vuelo, aeronave-
                     gabilidad, servicios de tránsito aéreo, aeródromos y seguridad aeroportuaria). Generalmente, estos
                     textos de orientación se presentan en la forma de manuales o circulares;

                  b)  elaboró este manual, en el que se describen los principios de gestión de la seguridad operacional y
                     se  ofrece  orientación  para  la  ejecución  de  programas  de  gestión  de  la  seguridad  operacional
                     eficaces;

                  c)  define  los  procedimientos  internacionales  para  la  investigación  y  notificación  de  accidentes  e
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                     incidentes de aviación ;

                  d)  promueve la seguridad operacional de la aviación:

                     1)  difundiendo  información sobre accidentes  e  incidentes de aviación por medio del sistema de
                         notificación de datos sobre accidentes/incidentes (ADREP) y por otros medios;

                     2)  difundiendo  información  sobre  seguridad  operacional  de  la  aviación  en  publicaciones  y,  más
                         recientemente, en formato electrónico; y

                     3)  participando en conferencias, seminarios y otras reuniones que tratan de aspectos específicos
                         de la seguridad operacional de la aviación (es decir, investigación de accidentes, prevención de
                         accidentes y factores humanos); y

                  e)  realiza auditorías en el marco del Programa universal de auditoría de la vigilancia de la seguridad
                     operacional (USOAP).


                                                          Estados

                  2.1.5    Los  Estados  tienen  una  responsabilidad  considerable  en  el  establecimiento  de  un  entorno
              favorable a las operaciones de vuelo seguras y eficientes. Independientemente de los métodos de gestión
              de riesgos que puedan emplear, tales como los descritos en este manual, los Estados, como signatarios del
              Convenio de Chicago, tienen la obligación de aplicar los SARPS de la OACI. A tal efecto, cada Estado debe:





              1.  Estos procedimientos figuran en el Anexo 13 — Investigación de accidentes e incidentes de aviación, el Manual de investigación de
                 accidentes e incidentes de aviación (Doc 9756) y el Manual de notificación de accidentes/incidentes (Manual ADREP) (Doc 9156).
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