Page 119 - Guías sindicales 11111 - CCOO
P. 119

LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA





                     • Mantenimiento del complemento del puesto de trabajo que se percibía en el mo-
                      mento de la liberación sindical (STC 326/2005, de 12 de diciembre).
                     • Reconocimiento  del  derecho  al  complemento  de  productividad  del  personal  fun-
                      cionario (STC 151/2006, de 22 de mayo y SSTSJ País Vasco, con-adtv., de 28 de febre-
                      ro de 2001, rec. 1188/2000; Andalucía/Sevilla, con-adtv., de 16 de febrero de 2000,
                      rec. 928/1997; Madrid, con-adtv., de 16 de febrero de 2009, rec. 222/2009; Castilla-La
                      Mancha, con-adtv., de 3 de marzo de 2003, rec. 1117/1999 y Cataluña, con-adtv., de
                      28 de octubre de 2002, rec. 1154/1997).
                     • Derecho al plus de nocturnidad (STC 200/2007, de 24 de septiembre; SSTSJ Andalu-
                      cía/Sevilla, social, de 2 de julio de 2009, rec. 1504/2009 y Andalucía/Málaga, social,
                      de 24 de mayo de 2007, rec. 626/2007).
                     • Retribución  variable  por  incentivos  en  cuantía  igual  al  promedio  percibido    por
                      otros trabajadores (SSTSJ Canarias/Las Palmas, social, de 22 de marzo de 2002, rec.
                      1265/2001 y 28 de noviembre de 2008, rec. 855/2007).
                     • Complemento  de  atención  continuada  (SSTSJ  Murcia,  social,  de  25  de    mayo    de
                      2004, rec. 5/2004; Andalucía/Granada, social, de 10 de enero de 2002, rec. 518/2001;
                      Andalucía/Málaga, social, de 13 de febrero de 2003, rec. 1933/2002 y 7 de noviem-
                      bre de 2002, rec. 1710/2002).
                     • Promedio  de  plus  de  productividad  (Banca)  (SSTJS  Castilla-La  Mancha,  de  23  de
                      abril de 2007, rec. 159/2006 y 4 de noviembre de 2002, rec. 1228/2001).
                     • Complemento de productividad (conductor parque móvil) (STSJ Madrid, de 23 de
                      mayo de 2005, rec. 2253/2005).
                     • Horas de presencia (STSJ Aragón, de 19 de mayo de 2003, rec. 1384/2002).
                     • Complemento  fijo  y  periódico  percibido  en  el  momento  de  la  liberación  sindical
                      (STSJ Andalucía/Granada, de 22 de abril de 2003, rec. 896/2003).
                     • Plus de nocturnidad (STSJ Cataluña, de 9 de marzo de 2010, rec. 2781/2009).
                     • Complemento específico  de funcionarios públicos (SSTSJ Castilla-La Mancha, con-
                      adtv., de 7 de mayo de 2005, rec. 224/2004 y Navarra, con-adtv., de 8 de mayo de
                      2007, rec. 47/2006).
                     • Plus  de  distancia  y  manutención  (STSJ  Castilla-La  Mancha,  de  25  de  febrero  de
                      2009, rec. 580/2008).
                     • Promedio de comisiones percibidas por el trabajador (STSJ Cataluña 540/1997, de
                      20 de enero).

                  3.3.1.3.  Improcedencia del abono de conceptos extrasalariales y horas extraordi-
                  narias
                  En  general,  salvo  alguna  excepción  puntual,  se  viene  manteniendo  que  aquellos  con-
                  ceptos de naturaleza extrasalarial, o las retribuciones que obedecen a una contrapresta-
                  ción concreta del trabajador (horas extraordinarias) no son incluibles en la retribución
                  del liberado sindical.







                                                                                               119
   114   115   116   117   118   119   120   121   122   123   124