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LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA




                  serve su  autonomía,  subsistirán el  estatuto  y la  función  de los  representantes  o de  la
                  representación de los trabajadores afectados por un traspaso”.

                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                Si se produce la absorción de una sociedad por otra, dicho fenómeno im-
                                plicará un cambio de titularidad de la empresa, que no afectará a la re-
                                presentación de los trabajadores, en tanto que dicha absorción respete el
                                mantenimiento de los centros de trabajo en los que se han celebrado los
                                procesos electorales.

                      Por el contrario, si el cambio de titularidad de la empresa supone que los represen-
                  tantes pasen a integrarse en otra unidad productiva distinta de aquélla en la que fueron
                  elegidos, esta situación origina la pérdida de dicha condición, al no ser transferible ni
                  poder imponerse a otros trabajadores de un centro de trabajo que no le eligieron.

                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                Si en el supuesto examinado anteriormente desaparece íntegramente el
                                centro de trabajo en el que fueron elegidos los representantes, y éstos
                                pasan a otro centro en el que existe una representación diferente, dicho
                                cambio de centro y de empresa supondrá la extinción del mandato repre-
                                sentativo.

                  1.8. Dimisión  del  representante

                  La dimisión supone la existencia de una decisión voluntaria y unilateral del represen-
                  tante,  en  virtud  de  la  cual  hace  dejación  expresa  de  sus  funciones  antes  del  cumpli-
                  miento del plazo legalmente establecido.
                      La dimisión ha de hacerse saber formalmente a los trabajadores representados, me-
                  diante  comunicación  en  el  tablón  de  anuncios,  notificándose  también  al  empresario  y
                  a la Oficina Administrativa de Registro de Elecciones Sindicales.
                      En el supuesto de dimisión quedan sin efecto las garantías del representante, a par-
                  tir del mismo momento en que cesa en el ejercicio de sus funciones representativas.

                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                Si un representante unitario decide por razones personales cesar en el
                                ejercicio del cargo representativo, dicho cese ha de ser puesto en cono-
                                cimiento de los propios trabajadores representados, de la empresa y de la
                                oficina electoral. Si con posterioridad se produce el despido del trabajador,
                                éste carecerá de las garantías propias de los representantes, teniendo el
                                mismo tratamiento que cualquier otro trabajador de la empresa.








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