Page 61 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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mapuches, actualmente prioritarios colectivos sin título de tierras, en propietarios
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                  privados con título” .

                          Para el gobierno de la Junta Militar, la causa del atraso económico y social
                  del pueblo indígena consiste en la propiedad comunitaria de la tierra. La solución,
                  según este criterio, estribaría en un fuerte apoyo técnico a la propiedad privada de
                  las tierras indígenas.

                          El "Plan Kelly" (por el ministro de Economía de 1979) estaba orientado a la
                  eliminación de los límites existentes sobre tenencia de la tierra; la apertura a la
                  inversión de las corporaciones transnacionales, y la privatización de las tierras
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                  indígenas .

                          El decreto-ley núm. 2568 tiende a homogeneizar e incorporar a las tierras
                  indígenas al proceso de desarrollo militar-transnacional del país. Se reafirma el
                  criterio formal de la igualdad jurídica: "en Chile no hay indígenas, sólo chilenos",
                  en palabras del ministro de Agricultura. El proceso de titulación de las tierras es el
                  factor primario en el proceso de integración de los indígenas a la vida nacional. Un
                  informe del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), organismo dependiente
                  del Ministerio de Agricultura, señala con claridad:

                          No obstante lo lento y difícil que pudiera considerarse el proceso de radicación e
                          integración  de los indígenas, siempre mantuvo vigente el ideal de igualdad
                          ciudadana  y el deseo de incorporación de todos los elementos aborígenes,
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                          españoles e inmigrantes a una misma nación .

                         En correspondencia con la política económica de la Junta Militar se hacía
                  necesario recurrir a la privatización y desmembramiento de las tierras para
                  provocar la inversión extranjera transnacional, y producir  la integración. En este
                  sentido, el decreto-ley persigue los siguientes objetivos: posibilitar la conclusión
                  del proceso de titulación interna de las reservas indígenas, reconociendo la
                  propiedad legal de las posesiones individuales de los mapuches; el
                  establecimiento de un procedimiento judicial para la asignación individual;
                  otorgamiento de títulos de dominio a los ocupantes de las reservas.

                         El Relator Especial de la ONU, a propósito de las poblaciones indígenas en
                  Chile, cita la información proporcionada por el gobierno en su informe de 1973:

                         Para resolver o aliviar los problemas económicos de los indígenas, habrá que
                         proceder por zonas o regiones estudiando las características que ellos tengan en
                         cada una. Pensamos que es primordial liquidar las comunidades indivisas, para
                         luego ir al desarrollo de la respectiva zona otorgando a los adjudicatarios a través
                         del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) u otros organismos fiscales los


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                    El Mercurio", Santiago, 21 de septiembre de 1978.
                  38
                    Janice Acton, op. cit., p. 2.
                  39
                    Ministerio de Agricultura,  INDAP. Dirección Nacional de Asuntos Indígenas.  Ley núm. 17729.
                  Modificada por el decreto-ley 2568 de 1979.



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