Page 130 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 130

2. El Operador Aéreo
             3. Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
             4. Dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electró-
                nicos.
            Se prestará atención especial a las necesidades de las personas con
            movilidad reducida y de sus acompañantes, así como a las necesidades
            de los menores no acompañados.
            D. El transportista ha de proporcionar a cada pasajero afectado por el
            overbooking, un impreso indicativo de las normas de compensación y
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            asistencia, pero éste ha de presentar la reclamación para acceder a ellas.
            Las reclamaciones se pueden hacer:
            a) A la compañía aérea correspondiente a través de las hojas de recla-
               maciones de las compañías, o usando el formulario para reclamar
               ante una compañía aérea publicado por la Agencia Estatal de Seguri-
               dad Aérea.
            b) En caso de no recibir respuesta, o ésta no ser satisfactoria, puede
               presentar una reclamación ante la AESA sin coste alguno, siguiendo
               las instrucciones publicadas por la propia Agencia.
            c) La AESA ha publicado también un listado los datos de contacto de
               la autoridad nacional competente para tramitar su reclamación, si el
               caso ha ocurrido fuera de España.

            2.5.3   El Comandante ante un Overbooking
            Si la compañía hace las cosas correctamente, no debería llegar el pro-
            blema al Comandante, dado que todo se debería resolver en facturación,
            pues los pasajeros que llegan al avión son ya los admitidos. Otra cosas
            es que, una vez en el avión, la compañía haya que requisar la plaza
            de un pasajero ya embarcado para cederle el sitio a otro (autoridades,
            tripulantes en situación, etc). Mi punto de vista es que en este caso, el
            Comandante ha de ser prudente y dejar el asunto en manos del personal
            de tierra. Lo que no puede permitir, bajo ningún concepto, es que ocurran
            hechos violentos a manos del personal de tierra, o de la policía, dentro
            del avión, para tratar de requisar una plaza a un pasajero ya sentado en
            el avión con su asiento asignado.
            En el caso de que ocurra, se tienen que poner todos los medios posibles
            para evitar violencia. Yo creo que antes de llegar a los extremos violentos
            que hemos visto últimamente al tratar de requisar una plaza de un pasa-
            jero, es mejor solicitar el desembarque de todos los pasajeros y que los
            arreglos se hagan en tierra. Hay que evitar los actos de violencia a bordo,
            a menos que esté la seguridad del vuelo gravemente comprometida.
            En puridad, el overbooking es un fraude permitido, pues se están ven-

                                                                      Pág. 2.21
   125   126   127   128   129   130   131   132   133   134   135