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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
            •  Difundirá  tales  números  a  través  de  medios  de  comunicación  te-
              niendo  en  cuenta  las características del pasaje.
            •  Decidida  su  ubicación,  activará  el  CAF,  y  se  persona-
              rá  en  el  mismo,  o  en  su  defecto,  y de forma inmediata, un Inter-
              locutor de la Compañía con la Persona de Contacto, con suficiente
              capacidad y habilitación.
            •  Además,  y  nunca  en  un  plazo  superior  a  las  dos  horas,  propor-
              cionará  a  la  Persona  de Contacto la lista nominal de las personas a
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
              bordo de la aeronave accidentada, identificando si las personas per-
              tenecían a la tripulación o viajaban como pasajeros.
            •   Comunicará  inmediatamente  cualquier  actualización  de la lista  no-
              minal.
            •  Informará  a  la  Persona  de  Contacto  sobre  el  estado  de  las  me-
              didas  de  transporte  de familiares, así como del alojamiento de los
              mismos, para su traslado a las personas presentes en el CAF.
            •  Comunicará  a  la  Persona  de  Contacto  cualquier  otra  informa-
              ción  en  relación  con  las  funciones y responsabilidades que le atri-
              buye la normativa vigente en relación con las víctimas y sus familiares.
            •  El  Responsable  de  la  compañía  aérea  adoptará  las  medi-
              das  oportunas  para  localizar familiares en caso de que, tras 24 ho-
              ras desde el momento del accidente, nadie haya efectuado ninguna
              consulta sobre alguna de las víctimas del accidente.
            •  Asimismo,  dispondrá  las  medidas  oportunas  para  que  las  fami-
              lias  reciban  en  el  CAF  la información apropiada sobre pagos ade-
              lantados e indemnizaciones.
         El Responsable de la compañía aérea asistirá a la Persona de contacto, pero
         no realizará actuaciones de interlocución directa con los familiares y víctimas
         en el CAF.
         La Compañía aérea participará activamente en coordinación con las víc-
         timas y familiares, y si se precisa, con la colaboración de la OAV , en la
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         organización y realización de conmemoraciones, ofrendas, recordatorios y
         actos de aniversario, y facilitará la visita al lugar del accidente.
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         15 OAV: Oficina de Asistencia a Víctimas.
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