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5. Los pasajeros
                  lacionadas con el embarque y desembarque de estos pasajeros:
                  (i)  Embarcarlos, para lo que se preverán elevadores, sillas de
                      ruedas o cualquier otra asistencia que requieran;
                  (ii)  Desplazarse desde la puerta del avión a sus asientos;
                  (iii)  Guardar y recuperar el equipaje dentro del avión;
                  (iv)  Desplazarse desde sus asientos a la puerta del avión;
                  (v)  Desembarcar del avión, para lo que se preverán elevadores,
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                      sillas de ruedas o cualquier otra asistencia que requiera.
               Todas las compañías deberán aceptar el transporte de un pasajero en
               condiciones físicas disminuidas, siempre que se cumplan las instruc-
               ciones fijadas en legislación oficial y que estén dentro de los límites
               establecidos en los Manuales de la empresa, aprobados por la AESA
               y dados a conocer al público con la suficiente antelación.
               Las Compañías adaptan estas regulaciones en los Manuales de Ope-
               raciones.
               5.5.1.1 Transporte de equipos de deportes integrados por PRMs
                 Si el Manual de Operaciones aprobado por la Autoridad  no regula
                 este supuesto, en caso de transporte de PRMs que integren equi-
                 pos de deportes y su número, incluidos  posibles  acompañantes,
                 supere el limite establecido en el mismo, se deberá pedir autoriza-
                 ción a la AESA por medio de un escrito donde se establezcan los
                 procedimientos adicionales propuestos. La AESA deberá autorizar
                 esta excepción por escrito.
                 El Comandante debería tener copia de la misma para autorizar su
                 transporte.
               5.5.1.2 Otras disposiciones sobre PRM
                 Las medidas a ser tomadas por la empresa y que se incluirán en el
                 Manual de Operaciones deberán contener los procedimientos ope-
                 rativos que aseguren, en caso de evacuación de emergencia, que
                 las PRMs pueden abandonar la aeronave rápidamente y con segu-
                 ridad, sin retardar la evacuación general. De lo contrario deberían
                 exigir un acompañante para la PRM concreta (por ejemplo en caso
                 de sordo-ciegos) que puede ser un perro guía entrenado.
                 Los  Manuales  de  la  empresa  deben  especificar  con  claridad  los
                 acondicionamientos y requisitos necesarios para la obtención de bi-
                 lletes de transporte para las PRMs viajando solas o con sus acom-
                 pañantes.


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