Page 275 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 275
Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
expedidor”.
(iii) En caso de muestras para diagnóstico:
(A) Si se sabe que tienen sustancias infecciosas: Deberán
ir con todos los requerimientos de las mercancías
peligrosas.
(B) Si hay posibilidad de que sean productos infecciosos:
Para que se las considere como “no peligrosas”, tienen
que ir embaladas de conformidad con la instrucción de
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
embalaje 650”. Esta instrucción requiere:
• Un recipiente primario estanco.
• Un recipiente secundario fuerte e impermeable.
• Material absorbente y amortiguador alrededor del enva-
se primario.
• Un embalaje exterior fuerte, de cartón prensado, ma-
dera, metal o plástico.
• Ha de soportar una caída de 1,2 m. sobre una super-
ficie dura.
• Deberá indicarse en el documento adjunto, “NO RES-
TRINGIDO, EMBALADO SEGÚN INSTRUCCIÓN DE
EMBALAJE 650”.
(iv) Si se sabe que no contienen sustancias infecciosas: No habrá
restricciones, siempre que ponga las palabras “No restringido”.
(11) Si un artículo o sustancia contiene un producto químico
susceptible de ser peligroso, pero no se encuentra en la lista de
mercancías peligrosas y no cumple los requisitos de las Clases o
Divisiones de riesgo, puede ser transportado como no restringido,
sólo si las palabras “No restringido” se incluyen en la descripción
del artículo en el Conocimiento aéreo.
(12) Durante el transporte por vía aérea, incluyendo el almacenamiento,
las marcas y etiquetas requeridas en las presentes Instrucciones
no deben quedar ocultadas o confusas por alguna parte o accesorio
del embalaje o por cualquier otra etiqueta o marca.
7.11.6 Mercancías peligrosas ocultas
Hay mercancías que pueden contener elementos peligrosos y prohibidos
para su transporte (Anexo Orden FOM/3553/2011, Parte 7/capítulo 6).
Vemos la lista que aparece en el reglamento de Mercancías Peligrosas:
Pág. 7.30