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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
deberá reunir las siguientes condiciones.
(1) No estar incluida en las expresamente prohibidas que aparecen en
el capítulo 2.1 del Reglamento de Mercancías Peligrosas;
(2) Estar debidamente empaquetada y etiquetada con las marcas
y especificaciones de riesgo establecidas en el reglamento de
Mercancías Peligrosas. El embalaje deberá encontrarse en
perfectas condiciones, sin traza de pérdidas o averías y, si hay
flechas de posición, deberán permanecer hacia arriba, rechazando
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
los paquetes que hayan estado en otra posición;
(3) Disponer, debidamente cumplimentada, de la siguiente
documentación:
(i) Conocimiento Aéreo (AIR WAY BILL).
(i) Declaración del expedidor (cuando se requiera. Ver 7.11.4).
(ii) Mensaje informático o impreso de información al Comandante.
(iii) Lista de comprobación para la aceptación.
(4) Cumplir los procedimientos requeridos en el Manual de
Operaciones.
7.11.8 Responsabilidades del capataz y del personal de carga.
El capataz y el personal de carga de bodegas deberán conocer la nor-
mativa al respecto que afecte a sus responsabilidades, y rechazarán
cualquier mercancía peligrosa que no cumpla los requisitos marcados
con los números 1 y 2 anteriores. Deberían notificar al Comandante
cualquier anormalidad, así como el índice de transporte (IT) de las
mercancías radiactivas (no aparece en la información al Comandante).
7.11.9 Responsabilidades de la tripulación.
El Comandante y el resto de la tripulación de vuelo, además de cum-
plir todos los requisitos anteriores, deben:
• Conocer suficientemente la normativa para poder determinar si
una mercancía cumple los requisitos de seguridad para su trans-
porte.
• Conservar toda la documentación a la vista, para poder informar
al ATC en caso de emergencia, y para entregarla al siguiente
Comandante si hay relevo y la mercancía continúa el viaje.
• Conocer las acciones a tomar en caso de incidente por mercan-
cías peligrosas.
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