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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
8.3.15.4 Registrador de la voz en el puesto de pilotaje (CVR).
Los requisitos de perfomance operacional están recogidos en
EUROCAE, documentos 56 y 56 A.
Según OACI, Anexo 6, Adjunto, 2.1.1, los CVR deberán registrar,
por lo menos:
(i) Comunicaciones orales transmitidas o recibidas en el avión
por radio.
(ii) Ambiente sonoro de la cabina de pilotaje.
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
(iii) Comunicaciones orales de los tripulantes en la cabina de pilo-
taje, transmitidas por el intercomunicador del avión.
(iv) Señales orales o auditivas que identifiquen las ayudas para
la navegación o la aproximación, recibidas por un auricular o
altavoz.
(v) Comunicaciones orales de los tripulantes por medio del sis-
tema de altavoces destinado a los pasajeros, cuando aquel
exista.
(vi) Comunicaciones digitales con los ATS, salvo cuando se gra-
ban con el registrador de datos de vuelo.
(vii) Tipo 1
(A) Un operador no utilizará una aeronave con primer certifi-
cado de aeronavegabilidad de fecha 1 de abril de 1998 o
posterior, si es multimotor de turbina con una configuració
máxima aprobada de más de 9 asientos o con un MCTOM
superior a 5.700 Kg, a menos que esté equipada con un
CVR, que con referencia a escala e tiempos, grabe:
• Las comunicaciones de voz transmitidas desde o re-
cibidas en la cabina de mando por radio;
• El ambiente sonoro de la cabina de mando, incluyen-
do, sin interrupciones, las señales de audio recibidas
desde cada auricular y máscara con micrófono en
uso;
• Comunicaciones de voz de los tripulantes de vuelo
en la cabina de mando a través del interfono;
• Señales de audio o voz que identifiquen las ayudas
a la navegación o aproximación que se oigan por los
auriculares o cascos ;
• Comunicaciones de voz de los tripulantes de vuelo
en la cabina de mando utilizando el sistema de Public
Adress, si estuviera instalado.
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