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12. Accidentes, incidentes y su notificación
                  • Hay que anotar el evento en el Diario de Navegación (art. 73 del
                   Reglamento del Registro Civil).
            12.8  La denuncia

            Los procedimientos sancionadores se inician siempre de oficio, bien por
            propia iniciativa, como consecuencia de orden superior, bien por petición
            razonada de otros órganos, o por denuncia. La denuncia es el acto por
            el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal,
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un
            determinado hecho que pudiera constituir infracción administrativa.
            Las denuncias deberán expresar como mínimo:
                •  Autoridad a donde se dirige la denuncia
                •  La identidad de la persona o personas que las presentan,
                •  El relato de los hechos que pudieran constituir infracción,
                •  La fecha de su comisión y,
                •  Cuando sea posible, la identificación de los supuestos responsables.
                •  Firma y fecha
            En la profesión de piloto nos pueden afectar dos tipos de denuncia:
               (1) Penal: Es la que se presenta ante el juzgado de guardia o ante la
                  policía o guardia civil del aeropuerto (dependiendo de que cuerpo
                  tenga atribuido este cometido en cada aeropuerto) por la comisión
                  de un supuesto delito o falta (afecta al Código Penal ordinario o a
                  la Ley Penal de la Navegación Aérea. El Comandante sólo debe
                  dar a conocer los hechos y el funcionario es el que redacta la de-
                  nuncia y la tramita en los juzgados correspondientes.
               (2) Administrativa: La puede redactar el propio Comandante e irá di-
                  rigida a la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o
                  al Director de Seguridad de Aeronaves de la propia Agencia. Se
                  referirá  a hechos  que  supuestamente  contravengan  las normas
                  administrativas (LNA, LSA o, incluso, el Manual de Operaciones)
                  con riesgo para la navegación o para la seguridad de la aeronave
                  o de las personas o cosas que vayan a bordo, o por perturbación
                  del buen orden, la disciplina o la higiene a bordo.
            Un formulario para presentar una denuncia viene recogido en el Capítu-
            lo de Formularios y Actas.
            La podremos presentar por Burofax o como Certificado de Correo Adminis-
            trativo en cualquier estafeta de Correos, procurando que sellen la copia de la
            denuncia para tener en vuestro poder una prueba fehaciente de la denuncia.
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