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13. Infracciones y sanciones. El procedimiento sancionador
• No haber obtenido previamente la franja horaria co-
rrespondiente en aeropuertos donde este requisito
es imprescindible, cuando se haya producido riesgo
para la seguridad o perjuicio grave para el buen fun-
ciona miento del aeropuerto o para otras compañías
aéreas o cuando la infracción se repita en vuelos que
configuren una serie
• El uso reiterado a horas distintas de las autorizadas,
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
de una o más franjas horarias previamente obte-
nidas conforme a la normativa en vigor, cuando se
haya producido riesgo para la seguridad o perjuicio
grave para el buen funcionamiento del aeropuerto o
para sus compañías aéreas, o cuando la infracción
se repita en vuelo que configuren una serie
(B) Transferencia o intercambio de una o más series de
franjas horarias no permitidos por la norma vigente,
cuando se cause perjuicio grave a otras compañías aé-
reas o cuando la infracción ya se hubiera cometido tanto
en la temporada anterior equivalente, como en la inme-
diata, o cuando en una misma temporada se realiza en
más de un aeropuerto sito en territorio español.
(iii) Muy graves:
(A) Toda operación de vuelo en la que concurra cualquiera
de las si
• No haber obtenido previamente la franja horaria co-
rrespondiente en aeropuertos donde este requisito
sea exigible, cuando se haya producido riesgo grave
para la seguridad o perjuicio muy grave para el buen
funciona-miento del aeropuerto o para otras compa-
ñías aéreas cuando la infracción se repita en vuelos
que configuren más de una serie, o afecten a más de
un aeropuerto congestionado sito en territorio espa-
ñol.
• El uso reiterado a horas distintas de las autorizadas,
de una o más franjas horarias previamente obte-
nidas conforme a la normativa en vigor, cuando se
haya producido riesgo grave para la seguridad o per-
juicio muy grave para el buen funcionamiento del ae-
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