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ambientales; en lugar de prevenir afectacio tanto, su protección interesa a todos; asimis
nes significativas a los sistemas ambientales, mo, la población asentada en el territorio tiene
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consideramos que constituye una cuestión de información valiosa sobre los procesos ecosis- U
enorme interés que debemos dejar planteada témicos con los que ¡nteractúa, la cual puede LU
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para un desarrollo ulterior. Por el momento, se ser muy útil en la definición de políticas o en i/>
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guiremos la actual concepción de los principios la toma de decisiones en general. Por último,
DERECHO
medulares del Derecho Ambiental. resulta prudente incorporar a la población en MINERO.
AMBIENTAL
decisiones o políticas ambientales que tendrán Y DE LOS
RECURSOS
El Derecho Ambiental privilegia la acción anti efectos muchas veces inciertos en el mediano ENERGETICOS
cipada, busca evitar la afectación al ecosistema y largo plazo.
siempre como primera prioridad. Esta caracte
rística del Derecho Ambiental se impone incluso La magnitud de los impactos al ecosistema
cuando la futura afectación no es del todo clara o el riesgo significativo de que se produzcan
en términos científicos. A esta variante del Prin sumado a las consecuencias irreversibles o
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cipio de Prevención se le conoce como Principio inmanejables sobre el ecosistema, han moldea U J
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Precautorio. do el carácter prioritariamente preventivo del <
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Derecho Ambiental. Sin embargo, al estar los O
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Es sabido que los sistemas ambientales pre sistemas ambientales y sociales irremediable <
sentan importantes zonas oscuras, no del todo mente vinculados, se presentan constantemen z
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claras para el actual estado de nuestro conoci te dinámicas circulares negativas que el Derecho LU
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miento científico. La incertidumbre científica Ambiental se propone corregir. h-
relativa a las consecuencias para el ambiente Z>
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y la salud de las conductas humanas, imprime En efecto, cuando las actividades del hombre
al principio de prevención una característica afectan la capacidad del ambiente de propor
distintiva que se denomina precaución. cionar servicios como la dispersión y depuración
de sustancias, las actividades humanas que se
El Principio Precautorio habilita al legislador sirven de estos servicios se ven afectadas eco
ambiental y al operador a regular y accionar nómicamente. Así, las actividades perjudicadas
considerando el deber de actuar preventiva deberán invertir recursos económ icos para
mente, incluso en escenarios en los cuales no se reparar o suplir la acción del ambiente. Este
encuentran claras las interacciones que podrían incremento en los costos de producción de las
desatar determinada actividad humana, siem empresas, cuando se produce como respuesta
pre que exista un riesgo de daño significativo a un fenómeno de contaminación o alteración
para la salud o el ambiente. de los servicios ecosistémicos, se conoce como
externalidad ambiental negativa.
Otro principio fundamental del Derecho y del
Derecho Ambiental en particular es el de parti Pensem os por ejem plo en los costos que
cipación ciudadana, por el cual se establece que deberá asumir una central hidroeléctrica con
"El mejor modo de tratar las cuestiones ambienta la finalidad de lim piar los residuos sólidos
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les es con la participación de todos los ciudadanos que se acumulan en sus rejillas -producto de u
interesados, en el nivel que corresponda (.. J " 5. una inadecuada disposición final- los cuales LU
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afectan su capacidad de aprovechar la fuerza LU
A nuestro entender, este principio cobra parti cinética de agua para producir electricidad; o
cular importancia en materia ambiental debido un agricultor que no podrá regar sus cultivos
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a que el ambiente es un bien público, y, por lo por la excesiva contaminación presente en el fO
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5. Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro. Disponible en: <http://www.un.ora/spanish/esa/sustdev/ Q
aaenda21/riodeclaration.htm>.
S i s t e m á t i c a , p r i n c i p i o s , d e r e c h o y n o r m a a m b i e n t a l j 5 3