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río, la cual lo obliga a realizar a su costo y riesgo   tiene el derecho a disfrutar de un medio am­
                un tratamiento al agua antes de que entren en    biente en el que sus componentes -incluido
                contacto con sus cultivos.                       el ser humano- se desarrollan e interrelacio­
                                                                 nan de manera natural y armónica.
                Esta situación, que genera distorsiones en los pre­
                cios de mercado y que termina por afectar la oferta   b)   El  derecho a  que este  medio  ambiente se
                y demanda de productos, encuentra en el Derecho   preserve, obligación  que no solo requiere
                Ambiental una respuesta a través del principio de   del  esfuerzo  del  sector privado,  sino  que
                Internalización de Costos Ambientales.           implica el accionar ineludible y obligatorio
                                                                 del Estado6.
                El  Principio  de  Internalización  de  los  Costos
                Am bientales  determ ina  que,  quien  genera   En tal sentido, tanto el Estado como los particulares
                con su actividad riesgos ambientales, deberá   tienen la obligación de realizar todas las acciones
                asumir el costo que irroga la gestión correcti­  necesarias conducentes a preservar el medio am­
                va, preventiva o mitigadora de estos riesgos.   biente. Es decir, tenemos la obligación de adoptar
          Revista  editada  por  alumnos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                Por  lo  demás,  es  de justicia  que  quien  crea   todas  las  medidas  necesarias  para  mantener un
                un  riesgo  debe  correr  con  los  gastos  de  su   medio ambiente en el cual sus elementos, incluidos
                gestión y de su prevención.                  los seres humanos, se interrelacionan de manera
                                                             natural  y armónica; o dicho con  otras palabras,
                En  este  orden  de  ideas,  el  principio  de  Inter-   tanto el  Estado como los particulares tenemos la
                nalización  de Costos Ambientales  habilita  a  la   obligación de realizar las acciones necesarias para
                regulación  ambiental  el  cargar a  los  titulares   lograr la integración de cada uno de los elementos
                de actividades susceptibles de causar impactos   que componen el medio ambiente.
                significativos a los sistemas ambientales con el
                costo monetario y financiero de la prevención,   Esta integración entre los elementos del medio
                corrección o mitigación.                     ambiente requiere del accionar del Estado en­
                                                             focado en dos aspectos importantes, el primero
                Los principios constituyen  un referente para la   de ellos es de carácter preventivo, el cual implica
                producción de derecho positivo y su  interpre­  que se adopte todas las medidas necesarias de
                tación,  sin  embargo, todo  nuestro  sistema  de   prevención  que  hagan  posible  la  integración
                normas ambientales encuentra su propósito en   de las actividades humanas con los demás ele­
                garantizar a los seres humanos su derecho sub­  mentos del ambiente, mientras que el segundo
                jetivo a gozar de un medio ambiente adecuado.  aspecto es de carácter reactivo, el cual se enfoca
                                                             en la reparación de daños ambientales.
                III.  DERECHO FUNDAMENTAL AL MEDIO
                    AMBIENTE                                 De  acuerdo  a  ello,  el  Estado  a  través  de  la
                                                             implementación de  políticas, estrategias, sis­
                De acuerdo con el numeral 22 del artículo 2 de   temas, planes, entre otros, que se concretizan a
                la  Constitución  Política  del  Perú toda  persona   través de la emisión de normas jurídicas, tiene
                tiene  derecho a  gozar de  un  ambiente equili­  como objetivo lograr y conservar un ambiente
                brado y adecuado para el desarrollo de su vida   sano y equilibrado. Es decir, el Estado, a través
                y su  salud, derecho que a criterio del Tribunal   de  las  normas y su  control,  busca  coadyuvar
                Constitucional contiene dos dimensiones:     con  la  integración  de  cada  uno  de  los  ele­
                                                             mentos  del  medio  ambiente,  lo  cual  incluye
          AD VO C ATU S  135   6.   Tribunal Constitucional. Expediente N° 00470-2013-PA/TC. Sentencia: 8 de mayo de 2013.
                                                             la  integración  de  las  diferentes  actividades
                    El derecho a gozar de un ambiente equilibra­
                a)
                                                             humanas con éste.
                    do y adecuado, es decir, que toda persona







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