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m andatodela leyy voluntarias cuando se cons- 5. Consideraciones con el Derecho de
tituya por voluntad de las partes, por ejemplo, Propiedad: limitación del uso, disfrute,
a través de un contrato. disposición y reivindicación.
En este sentido, consideramos importante refe El derecho de propiedad posee características y
rir el conocido paralelo respecto a las caracte derechos del cual el titular es beneficiario. Estos
rísticas de la servidumbre civil y la servidumbre derechos se encuentran definidos básicamente
minera: en el uso, disfrute, disposición y reivindicación
de la propiedad según lo establecido en el artí
Servidumbre Civil Servidumbre Minera culo 923 del Código Civil.
Se constituye entre dos Se constituye entre un pre
predios. dio y un inmueble (conce El doctor José Piscoya Silva16 detalla el trata
sión minera). miento legal de las servidumbres mineras en
La propiedad predial se La concesión minera es un nuestro país, identificando cómo se ve afectado
extiende al subsuelo y so bien inmueble, no un pre el derecho de propiedad cuando existe una
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
bresuelo. El subsuelo no dio. Es distinto y separado
servidumbre minera que obstaculiza o afecta
comprende los recursos del predio donde se en
al titular de dicho derecho. En efecto, el doctor
naturales entre otros. cuentra ubicada.
Existe un predio Existe una "concesión Piscoya señala que los derechos de propiedad
dominante. dominante". se encuentran anulados por la constitución de
Son de carácter perpetuo. Son de carácter transitorio. servidumbres mineras, realizando el siguiente
Pueden ser Convenciona análisis jurídico:
les y Legales.
a) El uso: El uso se ve totalmente impedido
En el caso del Derecho Minero, el inmueble debido a lo riesgoso de la actividad minera,
dom inante no será un predio como sucede así como a la absoluta alteración que sufre
en materia civil, puesto que en nuestro caso el terreno.
se tratará de una concesión minera, de bene
ficio, labor general o transporte minero; sin b) El disfrute: O también llamada "explotación
embargo, tanto en las servidumbres mineras económ ica” resulta imposible, debido al
como en las civiles, el inmueble sirviente será impacto de la misma actividad sobre el
un predio. am biente y los recursos naturales como
el suelo y el aire.
Dicho esto, cabe mencionar que, volviendo al
derecho comparado, la legislación chilena ha c) La disposición: Esta característica se ve
determ inado una diferencia adicional entre impedida mientras el suelo es removido
las dos figuras de servidumbres. En Chile se para llegar al recurso mineral. Si el suelo
establece que las servidumbres civiles tienen es removido, entonces ¿Cómo puede rea
el carácter de inalterables y, en el caso de las lizarse actos de disposición? En el caso de
servidumbres mineras, según lo establecido las concesiones para transporte de m ine
en el artículo 124 del Código de Minería Chile rales también se impide la disposición del
no -vigente actualmente-, se ha determinado suelo debido a los niveles de peligro que
que éstas poseen un carácter cambiante en el se presentan.
tiempo, puesto que pueden ser ampliadas o
restringidas, según requiera la actividad propia d) La reivindicación: Pierde importancia para
AD VO C ATU S 135 16. PISCOYA SILVA, José. "Propuesta frente a la problemática de la servidumbre minera". En: Actualidad Minera del Perú N°
el titular del suelo sirviente, en tanto no
de la respectiva concesión.
93. Lima: 2007.
9 0 L o r e n a Z u a z o V i l l a r o e l / J e a n J . O s o r i o C o l q u i