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de cambios de funciones, horarios, nuevas la reconocida sentencia del Tribunal Constitu- <
funciones, variación de lugar de trabajo, etc. cional expedida el 17 de abril de 2006, Expedien- Z
normalmente reconoce los cambios esencia te No. 4635-2004-AA/TC, se estableció que estas ^
les del empleador que tienen una causa ob jornadas eran atípicas pero que, de acuerdo con vj
jetiva y razonable, lo cual corresponde con la el Convenio de la OIT No. 01, los ciclos de trabajo O
regulación peruana. El problema realmente es incluyendo el periodo de labores y el de descan
que el trabajador no tiene opción de resistirse. so no podían exceder de tres (3) semanas.
El trabajador solo tiene la opción de terminar
la relación laboral cuando hay un cambio Aunado a lo anterior, en el mercado laboral los
esencial pero no se prevé una indemnización propios trabajadores están generando que el
a su favor. empleador no disponga de tanta flexibilidad
en el tema del tiem po de trabajo y que por
Por ejemplo, supongamos una empresa que el contrario la flexibilidad la tengan los em
consume excesivamente energía eléctrica y pleados. En este sentido observamos que está
decide modificar el día de descanso que antes aumentando la presión de los trabajadores
era los domingos para otro día de la semana a y cada vez es más difícil que un trabajador
elección del trabajador. Lo hace, por cuanto los acepte laborar en días de descanso o en días
domingos el consumo de energía eléctrica es feriados aun cuando se le pague un adicional. Universidad de Lima
menor. Se discute en este sentido si hay justifi Actualmente existe una mayor valoración del
cación, si hay razonabilidad, la realidad es que tiempo libre y de descanso.
existen necesidades de la empresa para efectuar
la modificación. Los centros comerciales y los cines que trabajan
todos los días ya tienen dentro de sus esquemas
Si el empleador demuestra que no está bien que el trabajador descanse al menos un domin
económicamente y que esta acción le permite un go al mes o un número determinado de feriados
ahorro significativo de costos al año, difícilmente anuales. Antes se preveía que el descanso sema Facultad de Derecho de la
un juez pueda considerar que el cambio no de nal fuera uno distinto al domingo, no obstante,
bió realizarse. En este sentido, surge la pregunta hoy en día es más difícil que los trabajadores
¿qué derecho tiene el trabajador? Ninguno, por laboren los días domingo.
lo menos positivamente, lo único sería la eventual
responsabilidad por daños y perjuicios. Los trabajadores a tiempo parcial todavía son la
pocos en el Perú (no llegan ni a cincuenta mil
En resumen, a diferencia del tema de la contra al año) pero hay empresas como los super
tación y despido que en nuestra opinión forma mercados que están utilizando muy bien este
parte de un sistema rígido, en la dinámica de esquema. Las empresas contratan a los jóvenes,
las relaciones laborales más bien se reconoce sobre todo a los universitarios con jornadas
al empleador facultades que caracterizan a la de trabajo flexibles, establecen diez jornadas Revista editada por alum nos de
regulación como flexible. posibles, por ejemplo, y el trabajador escoge
la que mejor se adecúa a sus necesidades. Lo
IV. TIEMPO DE TRABAJO: ¿RIGIDEZ O anterior, por cuanto las empresas han notado
FLEXIBILIDAD? que si no ofrecen un portafolio con flexibilidad
no hay mucho interés de los jóvenes en aceptar
En relación con la regulación sobre el tiempo las ofertas de trabajo.
del trabajo en la legislación peruana conside
ramos que es flexible pero con algunos matices En resumen, la ley peruana es flexible en este 132
de rigidez. tema, no obstante, ya sea por criterios judiciales
o por el cambio en los estilos de vida, los traba
En los sectores minero e hidrocarburos se apli jadores están presionando a que, cada vez más, A D V O C A T U S
caban algunas jornadas de 60 x 20 (60 días de el tiempo de trabajo sea negociado individual
trabajo y 20 días de descanso). No obstante, en o colectivamente.
A d a p t a c i o n e s d e l a s c o n d i c i o n e s d e t r a b a j o y n e c e s i d a d e s d e l a e m p r e s a 3 3 5