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"La determinación de algunos de los efec­  trinariamente dentro  de tales contratos; sin
                      tos  que  puede  producir en  la  operación   embargo, eso no significa que cada contrato
                      de  leasing  el  nexo entre  los contratos es,   integrante  de  la  unidad  económica  pierda
                      según creemos, el aspecto de mayor interés   su autonomía y por tanto no se apliquen  las
                      planteado por dicha conexión."12         cláusulas que se han predispuesto para cada
                                                               contrato en particular. Los contratos conexos
                  Las  válidas  interrogantes  se  plantean  de  la  si­  tienen interdependencia pero está se presenta
                  guiente manera:                              sobre todo en los aspectos de ineficacia o in­
                                                               validez (por ejemplo si se resuelve el contrato
                      "(...) si el contrato de compraventa no llega   de arrendamiento financiero es lógico que no
                      a cumplirse o se cumple defectuosamente,   sobreviva el contrato de opción de venta o de
                      surgen  algunos  interrogantes:  ¿qué  pro­  compra) y en aquellos elementos en donde se
                      tección puede otorgarse a los que no son   aprecie con claridad su unidad funcional y eco­
                      responsables de la falta de ejecución de las   nómica pero, dicho esto, no implica de ningu­
                      obligaciones contraídas, y, en particular, al   na manera que las cláusulas de cada contrato
            Revista editada  por alumnos de la  Facultad de Derecho de la  Universidad de Lima
                      usuario?,  ¿qué  relevancia jurídica  puede   no sean aplicables cuando son estructuradas
                      tener  la  conexión  contractual  en  estos   para surtir efectos en las relaciones obligato­
                      casos?     13                            rias del contrato particular, que mantiene su
                                                               autonomía independientemente de su calidad
                  La respuesta de la doctrina es la siguiente:  de coligado.


                      "Por tanto,  para  precisar los efectos de  la   Tal  como  se  puede  apreciar de  la  lectura  de
                      situación a que ahora aludimos, habrá que   la  Cláusula  Décima  del  Contrato  Marco,  los
                      distinguir según que se haya incorporado o   supuestos  ahí  enumerados  se  consideraban
                      no tal pacto al contrato de arrendamiento   eventos  de  incumplimiento  "del  Contrato de
                      financiero (si existe cláusula de exoneración   Arrendamiento Operativo". No se ha señalado
                      de  la  sociedad  de  leasing  por la  ausencia   únicamente como "evento de incumplimiento"
                      de  entrega  del  bien).  Rivero  Hernández   aquél  que  podría  operar  para  cualquier tipo
                      considera que tal cláusula es nula y ha de   de contrato  sino  que especifica  que se  da  en
                      tenerse  por  no  puesta,  por aplicación  de   la  relación jurídica  que  nace  del  Contrato  de
                      la  regla  prohibitiva  del  abuso de derecho   Arrendamiento.
                      puesta en relación, en cuanto al concepto
                      de abuso de derecho, con el artículo 10,1 ,c),   Por ende, independientemente de que los Con­
                      números 3 y 6 de la L.G.D.C.U."1415      tratos  suscritos  entre  EURÍPIDES y TORCUATO
                                                               puedan ser considerados contratos conexos o
                  De  la  doctrina  antes citada,  podemos  señalar   coligados, esto no implica que las cláusulas de
                  que pueden existir contratos conexos y coliga­  un  contrato  puedan  ser  utilizadas  exclusiva­
                  dos, es más, el contrato de leasing mobiliario   mente  para  interpretar otro contrato,  máxime
                  (el de arrendamiento operativo calza en este   cuando  la  Cláusula  Décima  que  se  pretende
                  tipo  de  contratos también)  se  estudia  doc­  incluir  para  la  interpretación  del  Contrato  de






            128   12.   íd e m ., p. 118.
                  13
            S        Ibíd.
            T U
            A     14.   íd e m ., p. 119.
            C
            V O   15.  Sobre el abuso del derecho, en sede nacional se puede revisar por su rigor académico: ESPINOZA ESPINOZA, Juan.
            D         Los principios contenidos en el T ítu lo  P re lim in a r d e l C ó d ig o  C iv il p e ru a n o  d e   1984 (A n á lisis d o c trin a rio , le g is la tiv o  y
            A        ju ris p ru d e n c ia l). Lima: Grijley, 2011, pp. 104 y ss.




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