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o de la consideración de circunstancias principio de abuso del derecho de fuente «
parciales o de algunos comportamientos comunitaria, la Corte de Casación solicita Z Z
negocíales, lo que cuenta sobre el plano al Tribunal de Justicia de la Unión Europea c a r
h -
de la interpretación del acto de autonomía, esclarecer, por un lado, si el fin elusivo debe
es la consideración de la unidad de la ope ser exclusivo o prevalente y, por el otro," OO
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ración económica creada por las partes y si de cara a la aplicación del IVA puede ser
del efecto que en concreto se ha querido considerado abuso del derecho (o de for
realizar con ésta."27 mas jurídicas) -con la consiguiente falta de
percepción de ingresos comunitarios pro
Como se aprecia, el concepto del contrato como pios derivados del impuesto al valor agre
operación económica unitaria y el concepto gado- la celebración separada de contratos
del contrato fraccionado permiten observar de arrendamiento financiero {leasing), de
dos perspectivas de cómo afrontar situaciones financiamiento, de seguro, de intermedia
jurídicas diversas y que influyen, en este caso, ción, que tuvo como resultado la sujeción al
en el escenario tributario. El autor citado, en este IVA únicamente de la contraprestación por
caso, nos señala que los contratos deben ser la concesión en uso del bien. Ello mientras
apreciados unitariamente como una operación la conclusión de un único contrato de lea <v
TJ
conjunta económica y jurídica y no hemos de sing, según la praxis y la interpretación de TJ ra
dejarnos llevar por el "aparente ropaje" formal la jurisprudencia nacional, tendría como "O
de la operación, sino apreciar en su integridad objeto también el financiamiento, y por
la construcción del contrato y sus efectos para ende, comportaría la imposición IVA de la
de esta forma resolver un caso de acuerdo a contraprestación entera."29
criterios no solamente jurídicos parciales sino <V
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con una visión integral del contrato. El fracciona Aspecto interesante sobre el fraccionamiento
miento contractual, como en el caso menciona contractual y su relación con la coligación con
do, puede ocultar una práctica elusiva tributaria tractual entendida como una única operación O
que, en este caso, la Corte no ha dejado pasar. económica se señala de la siguiente manera:
TJ
Puede este caso ser comprendido desde la mira TJ
da del fraude a la ley en donde la norma de co "La novedad que presenta la resolución
bertura es la libertad de contratación y la norma bajo comentario consiste en que la intui
imperativa vulnerada es la norma tributaria28. ción de que la alternativa calificadora, más
que entre contrato unitario- y como tal
Analizado el caso desde la mirada del abuso dotado de una única causa concreta-y co
del derecho -entendido como la contradicción ligación de contratos, debe ofrecerse entre
entre el derecho subjetivo y el legítimo interés- el fraccionamiento ilícito del contrato de
se ha señalado: leasing y coligación lícita de contratos (de O
D.
arrendamiento no financiero y de finan
"Por consiguiente, en el intento de verificar ciamiento y garantía), quedando firme por
la posibilidad de reconducir el fracciona tanto, la circunstancia de que el hecho jurí T I
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miento contractual elusivo al cauce del dico concreto [fattispecie] está compuesto
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cc
2 7 . Idem ., p. 146.
28. Esto se refleja cuando se señala: "En sede de aclaración, la Guarda de Finanzas hipotetiza que la operación así
estructurada, constituye a los fines del IVA un negocio unitario, en el cual la contraprestación global debida al ^
le sso r (concedente) es artificiosamente fraccionada para reducir la base imponible. Con tal fin -se afirma- viene
creado un mecanismo por el cual en lugar de uno son estipulados diversos contratos, cuyas funciones, sin ^
embargo, son reconducibles al le a s in g y son desarrolladas por sociedades del mismo grupo empresarial, con la o
finalidad de 'sustraer' el componente financiero del leasing." ídem., p. 148. q
29. Id e m ., p. 153.
Los contratos coligados, la cláusula penal y el argumento contra p re fe re n te m a raíz de un caso judicializado 233