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Opción,  señala  claramente  que  es  aplicable   Incumplimiento que señala la Cláusula Décima   «
          para el Contrato de Arrendamiento y no indica   del Contrato Marco.                              zz
                                                                                                           c a r
          que sea para cualquier otro contrato con el que                                                  H -
          pueda  configurar  una  operación  económica   Por lo antes expresado, se colige que aquellos
          única,  como  sería  su  aplicación  interpretativa   eventos  de  incumplimiento  del  Contrato  de   OO
                                                                                                           a :
          al Contrato de Opción.                       Opción no están determinados por la definición
                                                       del "Evento de Incumplimiento" de la Cláusula
          Esta  conclusión  encuentra  soporte,  además,   Décima del Contrato Marco. Por lo tanto, consi­
          si consideramos que los eventos de incumpli­  deramos que el Contrato de Opción es autóno­
          miento del Contrato Marco y las del Contrato   mo con respecto al Contrato Marco y al Contrato
          de Arrendamiento tienen  sus  propias  penali­  de arrendamiento, independientemente de la
          dades,  en  el  caso  hipotético  planteado,  que   unidad económico funcional antes expresada.
          son diferentes a  la  penalidad  a que se refiere
          el Contrato de Opción. Así, podemos observar   Sobre  la  perspectiva  de  ver  el  contrato
          lo siguiente:                                como operación  económica  v el "contrato        ro
                                                                                                        £
                                                       fraccionado"
                                                                                                       —I
          Contrato Marco:                                                                               cu
                                                                                                       -O
                                                       Debo  incorporar  en  esta  parte  de  la  investi­  ~o
                                                                                                        ro
                                                                                                       -o
                                                       gación  el  concepto  de  operación  económica
              NOVENA: RESOLUCIÓN                       y el  denominado "contrato  fraccionado",  a  fin   cu
                                                                                                        >
              9.1-  EN  CASO  DE  PRODUCIRSE  UN       de ampliar la comprensión que existe sobre el    c
                                                                                                       3
              EVENTO  DE  INCUMPLIMIENTO  EN  LA       fenómeno de los contratos conexos o coligados.  _ro
              EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE ARREN-                                                          cu
                                                                                                       "O
              DAMIENTO  OPERATIVO,  EURÍPIDES          Quien de una manera enjundiosa estudia estos     o
                                                                                                       -C
              PODRÁ OPTAR ENTRE: (...)                 conceptos de la perspectiva moderna del con­     u
                                                                                                        cu
                                                       trato,  es el  profesor Enrinco  Gabrielli16,  quien,   cu
                                                                                                       Q
                                                       partiendo de  la jurisprudencia de  su  país, de­  cu
                                                                                                       T3
          Contrato de Arrendamiento:                   sarrolla con amplitud el tema de los contratos   "O
                                                                                                        ro
                                                       coligados. Señala:                              "5
                                                                                                        u
                                                                                                        ro
                                                                                                       U_
              NUMERAL  14.-  PENALIDAD A QUE               "Dos encomiables resoluciones de la Corte    ro
              SE REFIERE EL NUMERAL 7.1.1  DEL             de Casación (una puntual y bien motivada    "O
                                                                                                        cu
              CONTRATO MARCO                               decisión  y,  una  articulada  resolución  de   O
                                                                                                        c
              2%  SOBRE  EL  MONTO  DE  LA  CUOTA          remisión alTribunal de Justicia de la Unión   £
              CON  UN  MÍNIMO  DE  US$  100.00  POR        Europea)  confirman,  con  la  solidez  de  su   ro
              CADA DÍA CALENDARIO DE RETRASO.              planteam iento  argum entativo,  aquella     O
                                                                                                        a
                                                           tendencia  -que  en  los  últim os  tiempos   ro
                                                           ha  ganado  crédito  en  la jurisprudencia   T3 ro
          Se aprecia  que tanto el  Contrato  Marco como   de  legitimidad- que valoriza  la  noción  de   T3
                                                                                                        cu
          el  Contrato  de  Arrendamiento  contienen  sus   operación  económica  como  categoría  or­  ro
                                                                                                        i/i
          propias  penalidades  en  caso  del  Evento  de  denadora del derecho de los contratos."17    >
                                                                                                        (U
                                                                                                       cc
          16.  GABRIELLI, Enrico.  E s tu d io s   s o b re   Teoría  G e n e ra l d e l  C o n tra to . Traducción, revisión y  notas de Rómulo Morales   —
              Hervías y Walter Vásquez Rebaza. Lima: Jurista Editores, 2013. Tuvimos la suerte de escuchar al profesor Gabrielli,   ^
              en el evento organizado a fines del 2013 por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú.   ^
                                                                                                       O
          17.  ídem., p. 139. Las casaciones a las que se refiere el profesor de la Universidad de Roma "Tor Vergata" son: la Cass.   O
              23 de abril de 2005, n. 8565, en CED C a ssa zio n e n. 580637, según la cual: "En tema de sub contrato de obra, el   q
              artículo 18 de la ley de 19 de marzo de 1990, n. 55 (que determina nuevas disposiciones para la prevención de la   'T




          Los contratos  coligados,  la  cláusula  penal  y  el  argumento  contra  p re fe re n te m  a  raíz  de  un  caso judicializado   229
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